Cómo pedir la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, os contamos cómo puedes tramitar la tarjeta de aparcamiento para una persona con discapacidad que viva en tu calle o edificio.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, no sólo estamos pendientes de las gestiones usuales de una comunidad de vecinos, sino que además nos preocupamos por aconsejar y facilitar ciertos trámites necesarios para satisfacer las necesidades de todos los propietarios de una comunidad.

Las comunidades de vecinos están compuestas por un grupo muy heterogéneo de personas y no todas tienen las mismas necesidades. Las personas con discapacidad precisan una accesibilidad al bloque de viviendas, pero también una plaza de aparcamiento específico lo más cerca posible de su vivienda.

Para ello, es necesario solicitar la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad que es muy importante tener por varios motivos que os detallamos a continuación.

¿Por qué es necesaria?

Además de ser un derecho para cualquier persona que pueda acreditar cierto grado de discapacidad, es, además, necesaria para circular en su vehículo por la ciudad. Estas tarjetas están reguladas según la Recomendación (98/376/CE) de 1998 de la U.E., que indica a los Estados miembros cómo gestionar las tarjetas de aparcamiento para personas afectadas por movilidad reducida en los lugares adecuados para ello.

¿Qué requisitos debo cumplir?

La tarjeta es válida para todo el territorio de la Unión Europea, ya que está regulada por sus leyes, pero hay que cumplir una serie de requisitos, en función de la discapacidad que sea, para poder obtenerla.

  • Tener un grado de discapacidad de al menos un 33% reconocido de forma oficial mediante un Certificado de Discapacidad.
  • El solicitante debe tener un baremo de movilidad reducida positivo, es decir, que se reconozca la dificultad para usar el transporte público.
  • Mostrar una capacidad visual igual o menor al 10% (en el menor ojo) o un campo visual menor o igual a 10 grados.
  • Ser persona física o jurídica responsable del transporte colectivo de personas discapacitadas.
  • Aquellas personas que presenten algún tipo de incapacidad laboral también cumplirían los requisitos. Además, las personas que reciban una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio.

La tarjeta de aparcamiento se suele solicitar en el Ayuntamiento de cada ciudad, aunque a veces se realiza el trámite en otros órganos autonómicos. Como es lógico, es una tarjeta personal e intransferible, y como beneficiario no es obligatorio ser el conductor, si no que basta con viajar en el vehículo para poder utilizarla. Eso sí, debe estar siempre bien visible en el salpicadero del coche o en otro lugar de fácil reconocimiento para los agentes de movilidad.

Esta tarjeta tiene una vigencia de diez años, salvo casos especiales que se detallan en la legislación y que deberías consultar para estar al día.

Desde Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, queremos ayudar a nuestros clientes para que convivan en las mejores condiciones para cada uno y también para la comunidad. Si tienes algún problema o duda respecto a la gestión de tu comunidad, no dudes en contactar con nosotros.

2 comentarios
  1. Jose
    Jose Dice:

    Y digo yo, que la tengo reconocida. ¿Qué pasa en ciudades como Madrid? Yo puedo entrar, si registro mi coche, pero si mañana me lleva mi hijo en el suyo y yo llevo la tarjeta. ¿Qué pasa?, le multarían, o ¿tengo que avisar cada vez que alguno de mis hijos, o nueras, me lleven en sus coches?

    Responder

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