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¿Puedo cerrar mi terraza sin hablar con los vecinos?

Hoy en Administramos Fincas, administradores de fincas en Sevilla, os contamos el procedimiento necesario para cerrar la terraza de tu vivienda por la vía legal y sin meterte en un lío con la comunidad de vecinos.

Nuestros administradores de fincas en Sevilla están acostumbrados a que una de las preguntas más usuales de nuestros clientes vayan en relación con el conflicto que entran algunos propietarios a la hora de realizar obras en su vivienda. Cuando las obras que queremos hacer en nuestra vivienda afecta a la estética exterior del edificio, muchos propietarios pueden ponerse en contra de dicha obra por el hecho de no haber supervisado cómo quedaría el edificio tras esta intervención.

Tenemos que ser conscientes que vivimos en una comunidad de vecinos en el que no podemos hacer obras sin consultar

Cuando vivimos en comunidad, debemos adaptarnos a ella y no podemos realizar cualquier obra sin el consentimiento de la mayoría de los vecinos. Además, siempre debemos buscar una obra que cree el menor impacto posible en la estética del bloque, por respeto a todos los propietarios.

Cerramiento de terrazas

Muchas viviendas cuentan con terrazas que cada vez son más aprovechadas para ampliar los metros cuadrados de nuestra vivienda. Muchos propietarios deciden aprovechar este espacio para agregar metros cuadrados a algún espacio en concreto, o simplemente no aprovechan la terraza y prefieren tenerla cerrada.

La Ley de Propiedad Horizontal te cuenta qué pasos hay que seguir para llevar a cabo el cerramiento de una terraza

Como este tipo de obra afecta a la fachada del edificio, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que el proyecto debe ser debatido con el resto de propietarios porque se altera la configuración del edificio, su estética exterior y su estado en general. Entonces, ¿qué pasos debemos seguir a la hora de efectuar un cerramiento en una terraza? A continuación de lo contamos todo.

Pasos para cerrar tu terraza o balcón

Para efectuar el cerramiento de tu terraza precisas de una autorización administrativa y el voto favorable de las 3/5 partes de los vecinos en una Junta de Propietarios, según el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal. ¿Qué debemos hacer para que los vecinos voten a tu favor?

No te aseguramos que todos te digan que sí, pero haciendo las cosas bien y con asesoramiento de expertos es mucho más factible.

  • Habla o busca la opinión de un arquitecto sobre la obra que quieras hacer en tu terraza.
  • Comenta con el presidente de la comunidad de vecinos tus intenciones y cómo sería mejor proponerlo en Junta.
  • El proyecto debe ser presentado en el Ayuntamiento para obtener la licencia municipal pertinente.
  • Debemos hacer que se incluya la obra como punto del día en la Junta de Propietarios.

 

Hay casos en el que los estatutos ya contemplan la posibilidad de obras de cerramiento, por lo que sólo habría que informar al presidente de la comunidad de la obra. Además, si no eres el primero en realizar el cerramiento y ya otros vecinos lo han llevado a cabo, se supone que no debería haber ningún problema mientras el proyecto se ajuste a lo que ya existe.

Si quieres conocer más sobre este tipo de casos, no dudes en ponerte en contacto con nuestros administradores de fincas en Sevilla.

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Gastos de la comunidad que no puedes negarte a pagar

En AfinMar, administradores de fincas en Sevilla, arrojamos luz a las dudas más frecuentes sobre los pagos de los vecinos respecto a los gastos de la comunidad de vecinos.

Poner de acuerdo a personas independientes a la hora de pagar para cualquier aspecto es una misión difícil de coordinar. Cuando hablamos de diferentes propietarios  a la hora de establecer presupuestos o derramas para la comunidad de vecinos, el panorama puede incluso complicarse más.

Averigua cómo puedes actuar si un propietario se niega a abonar su cuota correspondiente

Sea nuestra primera o segunda vivienda, tenemos unas obligaciones contractuales con nuestras propiedades. En nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla nos hemos encontrado situaciones de propietarios que no quieren asumir ciertos gastos que son obligatorios.

No caigas en conflictos con tu comunidad de vecinos, ten claro qué gastos debes abonar y averigua qué puedes hacer si algún propietario se niega a pagar.

administrador de fincas

Siempre pagar el propietario

Es indiferente que disfrutemos o no de la propiedad, aunque tengamos alquilada la vivienda debemos asumir la comunidad. En ocasiones, puede que haya un vecino moroso o que tenga embargada la propiedad, por tanto, no abona su cuota. En este caso, los demás propietarios pueden denunciar, siempre que antes se haya pedido y notificado la deuda al vecino en cuestión.

Todos los vecinos tendrán que abonar las cuotas no pagadas

Sin embargo, mientras se solventa o no el conflicto, la cuota no abonada deberá ser realizada por todos los vecinos de forma proporcional. Para conocer exactamente cuál es la cantidad a abonar debemos consultar los estatutos de la comunidad en el que aparecerá actualizada la cuota.

No todos los vecinos pagan lo mismo

Las características de nuestra propiedad son las que determinan qué cuota debemos pagar. En concreto, el gasto se divide según la cuota de participación de cada una de las viviendas, la cual está fijada en la Escritura de división horizontal. Se tiene en cuenta la superficie ocupada, el emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

¿Cuáles son los pagos obligatorios?

A la hora de diferenciar pagos, nos encontramos los que están destinados a la reparación necesaria y los que son para actuaciones opcionales. Si se refieren a obras necesarias u obligatorias, cualquier vecino puede exigir que se realicen y todos los propietarios deberán pagar.

De otro lado, si las obras son opcionales y no necesarias para el mantenimiento del bloque, se decidirá en Junta, con mayoría de una 3/5 parte de los vecinos, la inversión y el coste concreto. Si se decide entre todos la aprobación de la actuación, todos los propietarios deben abonar la cuota exigida.

Respecto a otros posibles gastos, en lo referido a los desperfectos de la propia vivienda, la comunidad abonará el coste del arreglo en caso de que sea a causa del desgaste del edificio.

Si tienes cualquier duda en tu comunidad, o no sabes cómo actuar ante los vecinos morosos, no dudes en contar con nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla.