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administradores de fincas en Sevilla

Mascotas Vs comunidad de vecinos🐶🐱

Los animales domésticos son uno de los regalos estrella de las Navidades. Ahora bien; ¿puede suponer esto un problema en nuestra comunidad? Hoy como administradores de fincas en Sevilla os respondemos a una de vuestras dudas más frecuentes.

Son muchos los niños y adolescentes que piden un animal domestico por los Reyes o para Papa Noel. A veces, este sueño se cumple y SS.MM Los Reyes Magos de Oriente sucumben a tan ansiado deseo. Pero ¿puede suponer este regalo un problema para el resto de la comunidad? ¿Se nos puede prohibir que tengamos mascotas en casa?

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Actualmente es usual que convivamos con mascotas en nuestra comunidad de vecinos; perros, gatos, pájaros… pero no podemos olvidar que esta convivencia puede traer problemas. La suciedad en zonas comunes, los ruidos a horas intempestivas o el miedo de otros vecinos a los animales puede dificultar la relación y terminar trayendo problemas entre propietarios.

Siendo conscientes de esta complejidad, y para evitar problemas mayores, algunas comunidades de vecinos deciden prohibir la tenencia de mascotas en sus estatutos. Pero ¿es esto posible? ¿se puede prohibir a un particular tener un animal doméstico dentro de su vivienda? Si tuviésemos que dar una respuesta rápida como administradores de fincas en Sevilla diríamos que no. Pero como en todas las respuestas rápidas, debemos contemplar algunas excepciones.

El derecho individual prima sobre esta prohibición salvo en caso de alquiler. Si el propietario del piso que queremos alquilar especifica en el contrato la prohibición de mascotas, nosotros no podremos hacer nada al respecto.
Aunque la comunidad no puede prohibirnos tener animales domésticos sí que puede limitar las zonas comunes a las que estos tengan acceso. En este caso, las personas primarán sobre los animales, por ejemplo; las vecinos tendrán derecho a usar el ascensor sin que esté el animal. Los patios y los jardines también podrán prohibirse así como será obligatorio el uso de la correa.

Si bien hemos dicho que el derecho individual prima sobre esta prohibición, también podemos decir que esto solo será válido cuando “no contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas”. Es decir, si un perro ladra todas las noches y llega a suponer un problema para el resto de vecinos, esto será considerado como daño moral.

En definitiva no pueden prohibirnos tener mascotas en casa siempre y cuando nos aseguremos de que no supondrán ningún tipo de problema ni de dificultad para el resto de vecinos.

Como administradores de fincas en Sevilla, sabemos que este tema es uno de los que más dudas os suscitan, y esperamos que todas hayan quedado resueltas con este artículo.

Si necesitáis el asesoramiento de profesionales no dudéis en contactar con nosotros.

 

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Una mascota en tu comunidad de vecinos

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, atendemos los posibles problemas que se pueden generar la presencia de mascotas en tu comunidad de vecinos

La presencia de animales en una comunidad de propietarios genera a veces algún conflicto con otros vecinos debido a los ruidos, los olores o a su presencia en las zonas comunes. En Afinmar, como administradores de fincas en Sevilla, sabemos que existe una normativa con los derechos y deberes de quienes tienen mascotas. Si se respeta, no tendrían por qué surgir problemas de convivencia.  Os recordamos el caso de Pesesín, un pequeño pez que no pudo irse de vacaciones y que fue cuidada por toda la comunidad de vecinos.

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¿Puede la Ley impedirte tener un perro en la comunidad?

La Ley de Propiedad Horizontal recoge todo lo que concierne a la vivienda y las comunidades de propietarios y no prohíbe la tenencia de animales domésticos en los domicilios particulares, aunque sí permite a los ayuntamientos limitar el número de mascotas que pueden tenerse en casa.

¿Y puede la comunidad de vecinos prohibir que entre tu perro en el edificio? Sólo en el caso de que los estatutos de la comunidad se recoja expresamente que está prohibido tener animales en la comunidad, aunque es posible impugnar esa normativa interna. De hecho, hay jurisprudencia al respecto donde priman los derechos individuales del dueño del animal. Por otra parte, no es posible modificar los estatutos para prohibir la entrada de mascotas a raíz de la llegada de un nuevo vecino porque, para ello, se exige una junta de propietarios y unanimidad en la votación, y el nuevo vecino votaría en contra.

En principio, la Ley ampara a los vecinos que quieran tener una mascota en casa y, siempre y cuando se respete la normativa de derechos y deberes, la comunidad no puede hacer nada al respecto. ¿Cuándo se considera que una mascota resulta una molestia para la comunidad? Si se saca sin correa, si se deja que ésta ladre toda la noche, si no se impide que ensucie o deteriore las zonas comunes y no se hace cargo de la reparación, el presidente de la comunidad le debe enviar una notificación oficial para que corrigiera este comportamiento. Si no lo hiciese, la junta de propietarios puede aprobar el inicio de acciones judiciales y solicitar una indemnización por daños y perjuicios. También pueden pedir una intervención administrativa al ayuntamiento para que inspectores comprueben los hechos denunciados y sean ellos los que se encarguen de hacer cumplir las ordenanzas.

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¿Cómo podemos impedir que tu mascota sea una molestia para los vecinos?

Una de las obligaciones de los dueños de una mascota es evitar molestias al resto de los vecinos con quienes convive. Cada persona tiene un grado distinto de tolerancia con los animales: hay quien tiene miedo de los perros y otros que no soportan subir en el ascensor con él. El respeto es fundamental para lograr una convivencia fluida con los vecinos. El dueño del perro es quien debe adaptarse a estas circunstancias. En el caso del ascensor, si se coincide con una persona que tiene miedo al perro, la solución es ceder el paso a ese vecino.

 

Las recomendaciones de Afinmar son: En caso de mudarse de casa, consultar con antelación los estatutos de la comunidad de vecinos; evitar, en la medida de lo posible las molestias derivadas de la tenencia del perro, como ladridos excesivos o la presencia del perro en zonas prohibidas para ellos; educar al perro para que sea respetuoso con el resto de personas y animales con quienes convive; y por último, utilizar la correa cuando corresponda y recoger los excrementos para evitar molestias a terceras personas.

Con estas pequeñas directrices y un poco de talante conseguiremos un convivencia perfecta entre vecinos tengan o no mascotas. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os invitamos a consultar todas vuestras dudas. ¡Os las resolveremos encantados!

Caso Pesesín, de vacaciones en el rellano

Hoy en Afinmar, administración de fincas en Sevilla, contamos el caso de Pesesín, una mascota que no pudo irse de vacaciones y que fue cuidada por toda la comunidad de vecinos.

Los establecimientos ‘pet friendly’ son cada vez más numerosos, sin embargo, los dueños que quieran viajar con sus mascotas aún se encuentran muy limitados al respecto. Esta circunstancia llevó al protagonista de nuestra historia a recurrir a la buena voluntad de sus vecinos.

Siempre solemos hablar de cómo resolver problemas con los vecinos pero, en este caso, aplaudimos muy fuerte a esta comunidad de propietarios que se volcó en los cuidados de ‘Pesesín’, la mascota de un vecino que pidió ayuda puesto que no podía llevarse a su pez de vacaciones.

“¡Hola vecinos! Me voy unos días de vacaciones y no me dejan llevar a ‘Pesesín’. Necesito vuestra ayuda para que le deis de comer, solo se le debe echar una vez al día. Dejo la comida y un cuadro para saber cuándo comió”.

La respuesta de sus vecinos fue magnífica, todos colaboraron en los cuidados de Pesesín, incluso fueron más allá anotando las acciones extra que le habían dedicado a la mascota de la comunidad.

 

Las normas de  convivencia para mascotas

En este caso, Pesesín se ganó la simpatía de los vecinos, sin embargo, un pez no es lo mismo que otro tipo de animal. Cuando la mascota es un perro o un gato, la circunstancia puede cambiar puesto que no a todas las personas les gusta este tipo de animales con los que el contacto es más directo.

Es por ello que, como especialistas en administración de fincas en Sevilla, recordamos que las normas de convivencia de las comunidades de vecinos respecto hacia las mascotas las pueden establecer los propios vecinos. Teniendo en cuenta que, como mínimo, en las zonas comunes no deben molestar, tampoco ir sueltos y, por supuesto, debe contar con su cartilla de vacunación al día.

Como es obvio, los excrementos del animal siempre deben ser recogidos con una bolsita por el dueño y evitar que haga sus necesidades en mobiliario común. También es  muy importante, cuidar las normas de convivencia en temas e ruido. En caso de tener que dejarlo solo debemos tener claro que no debemos dejarlas en la terraza durante un espacio prolongado de tiempo y, por la noche, siempre deben estar en el interior de la vivienda para evitar que hagan ruidos molestos para los vecinos.

Si la mascota emite ruidos persistentes durante horas nocturnas, los vecinos podrían denunciar el ruido. De otro lado, los animales exóticos o salvajes pueden ser mascotas si están permitidos en la comunidad y son legales.

En Afinmar, especialistas en administración de fincas en Sevilla, nos congratula que haya más comunidades como la de Pesesín en el que todos los vecinos se ayudan unos a otros en perfecta armonía.