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¿Puede una comunidad regular los pisos turísticos?

Los apartamentos turísticos han cogido fuerza en España, un panorama que no satisface a todo el mundo. Hoy en AfinMar, administradores de fincas en Sevilla, a aquellas comunidades de vecinos que buscar blindarse de este tipo de pisos.

A los profesionales en administración de fincas nos ha surgido un nuevo desafío, explicar a una comunidad de vecinos sus competencias ante el alquiler vacacional. El aumento de este tipo de apartamentos turísticos se ha convertido en un verdadero filón para algunos, y en un quebradero de cabeza para otros.

España cuenta con una legislación diferente por cada comunidad autónoma en materia de este tipo de alquiler. Hace poco en nuestro blog de administradores de fincas en Sevilla hablamos de los límites de la legalidad de estos apartamentos por comunidades. Ahora buscamos aclarar las competencias que tienen las comunidades de vecinos para regular este tipo de prácticas.

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El caso de Baleares

El Gobierno balear ha aprobado un proyecto de ley que permite que sean los propios vecinos de una comunidad los que regulen los alquileres vacacionales. De esta forma, si un vecino quiere habilitar un apartamento turístico necesitará el beneplácito de la mayoría simple de la comunidad de propietarios del edificio.

La LPH protege a los vecinos de alquileres insalubres, molestos o peligrosos

Lo cierto es que la Ley de Propiedad Horizontal cuenta con recursos para que las comunidades de vecinos puedan defenderse ante alquileres “molestos, insalubres o peligrosos”, bien es cierto que un alquiler turístico no tiene porqué ser así. Podemos decir que la ley de Baleares, que entrará en vigor este verano, es más con idea de prevenir este tipo de acciones y que la LPH aporta recursos para intervenir una vez alquilado.

Otros territorios de gran concentración turística como Madrid o Barcelona son aún más estrictos. En la capital catalana directamente no puede haber alquileres turísticos, mientras que en Madrid la estancia mínima para una vivienda vacacional tiene que ser cinco noches.

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El caso de Andalucía

En nuestra comunidad autónoma el modelo dista mucho del balear. De hecho, está considerada como una estrategia que busca el equilibrio en este tipo de acciones. En Andalucía se apuesta por regular las licencias asegurando unos mínimos requisitos de calidad, de esta forma, cualquiera no puede habilitar su vivienda para obtener la licencia.

En caso de que los vecinos tengan algún problema con los alquileres en el momento que se encuentren hospedados los turistas, se podrán acoger a la Ley de Propiedad Horizontal para reclamar dicho alquiler, siempre y cuando suponga de verdad una molestia para la convivencia de los propietarios.

En una ciudad tan turística como Sevilla, nuestros propietarios pueden ver un arma de doble filo en el alquiler de pisos vacacionales. Sin embargo, por regla general, la mayoría de los viajeros que optan por este tipo de pernoctación no provocan ningún estrago dentro de la convivencia común.

Es por ello que desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, invitamos a las comunidades de vecinos a no poner el grito en el cielo antes de tiempo y den un voto de confianza al alquiler turístico y, de tener algún percance, no duden en pedir asesoramiento a nuestros profesionales.