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Cómo actuar frente a las goteras

¿Las recientes lluvias han hecho estragos en tu comunidad de vecinos? En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, te ayudamos a manejar esta situación.

Tener una gotera en casa es un gran problema ya que, además de causar líos con los vecinos, puede estropearte parte del techo y paredes. Aunque no sea culpa tuya, es necesario que se reparen lo antes posible para que no hagan daños mayores. La filtración de agua dentro de tu casa puede ser ocasionada por la propia naturaleza o por un fallo humano. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, te aconsejamos como actuar en ambos casos.

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Goteras en una comunidad por defectos de construcción

Cuando compras una vivienda o local de obra nueva, estás firmando un contrato. En el mismo, se señala que tú pagas dinero y a cambio recibes una propiedad impoluta. Recalquemos lo de obra nueva, que para la segunda mano las cosas funcionan algo diferente. Cuando la vivienda o local que has comprado presenta defectos en la construcción o vicios constructivos, se están incumpliendo las condiciones del contrato. Así, puedes reclamar la reparación de los defectos o vicios de construcción que detectes en tu vivienda o en las zonas comunes de tu comunidad de propietarios.

Si son defectos de construcción, el seguro de comunidad no cubre la filtración, pero sí el daño producido.

En primer lugar, hay que dilucidar si existen defectos en la construcción en el punto en el que se produce la gotera. Si son defectos de construcción, el seguro de comunidad no cubre la filtración, pero sí el daño producido. Aunque debemos comprobar la cobertura del seguro comunitario, ya que no todas las aseguradoras lo contemplan. En cualquier caso, los seguros de hogar suelen tener cobertura de daños producidos como consecuencia de filtraciones y goteras.

Si tenemos contratado un seguro de hogar, en este caso dicho seguro se haría cargo de pagar el 100% del importe, pero luego la comunidad debería pagarle al seguro toda esta cantidad desembolsada. Esto no siempre es así, ya que sí que existen seguros de comunidad que repararan los daños en la vivienda del vecino afectado. Todo depende de la política de la compañía.

Tengo una gotera por culpa del vecino ¿Qué hago?

Lo primero que has de hacer es comentarlo con tu vecino y asegurarte de que el problema sea de su responsabilidad o, en su defecto, de la comunidad. Por ejemplo, si la filtración se produce desde una terraza y se traspasa hasta la planta de abajo, la comunidad ha de correr con la responsabilidad porque se trata de un área común de uso privado. Es muy importante no llevar a cabo ninguna obra hasta que quede claro quién es el responsable de la gotera, cuál es el motivo de su aparición y quién debe pagar los gastos.

¿Cómo reclamar la filtración? Si eres el casero, es importante que tengas un seguro de hogar y lo contactes para que hagan una inspección y te asesoren correctamente sobre el problema. Si efectivamente los daños son causados por escapes de agua, rotura o deterioro de la tubería de otros pisos, el encargado de arreglarlo ha de ser el vecino. Si vives alquilado, es el casero quien tiene la responsabilidad por ley de gestionar todo lo relacionado a la reparación de los daños causados por el agua. La única tarea del arrendatario es informar al arrendador del problema. Si el vecino o el casero (dependiendo del caso) no se hacen cargo de la gotera, es necesario comunicárselo a la comunidad con toda la información de apoyo posible (fotos, cartas, etc). En caso de negligencia has de pasar a instancias mayores e interponer una denuncia.

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En Afinmar, expertos administradores de fincas en Sevilla, trabajamos para ofrecer el más completo y eficaz servicio de gestión. Innovación, transparencia y atención se han convertido en las señas de identidad de nuestra organización en la que nuestro máximo objetivo es la satisfacción de nuestros clientes.

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¿Recuerdas las cláusulas suelo? tu hipoteca puede aún tenerla

Hoy en Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, hacemos memoria dando un repaso a las polémicas claúsulas suelo.

Sería raro a estas alturas, pero puedes tener una cláusula suelo y no saberlo. O saberlo y estar muy confundido con cómo reclamar. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, te damos las principales pistas.

cláusula suelo es la denominación de una cláusula contractual que establece un límite mínimo al interés que se aplicará en la cuota aunque el tipo de interés baje. Es una cláusula que beneficia a la entidad bancaria y perjudica al particular que ha solicitado el préstamo ya que cuando los tipos bajan o el interés es negativo la cláusula impide que se traslade a la cuota mensual. Dependiendo de la normativa del país, las condiciones del contrato y su transparencia y claridad, puede considerarse una cláusula abusiva, ilegal o nula, por tanto puede considerarse un fraude bancario.

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En España las cláusulas suelo son ilegales. Se declaró su nulidad y carácter abusivo por sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 si bien limitaba la devolución de las cantidades ilegalmente cobradas por los bancos desde la fecha de la sentencia. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó, en sentencia inapelable de 21 de diciembre de 2016, en contra de la limitación de la retroactividad de la nulidad de la cláusulas suelos por lo que los bancos y cajas de ahorro están obligados a devolver todo el dinero cobrado ilegalmente por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca inmobiliaria para la adquisición de vivienda

Durante la burbuja inmobiliaria acontencida en España en 1997 y que estalló en 2007, la mayoría de hipotecas que se suscribieron tenían un tipo de interés variable (fijado por el Euribor normalmente más un diferencial que pone el banco) en la que en muchas ocasiones el banco fijó en el contrato de hipoteca un porcentaje mínimo de interés a pagar por el comprador de la vivienda aunque el interés surgido de la suma del Euribor y el diferencial fuese inferior. Es decir a pesar de firmar una hipoteca con interés variables (que puede subir o bajar) el banco impone una cláusula que limita la bajada real aunque ésta se produzca. La aplicación de esta cláusula es contraria a la ley, ya que pervierte el espíritu del interés variable además de no ser conocidas sus por los firmantes, y por tanto abusiva, según el Banco de España y la Ley hipotecaria española. También el notario debe advertir de su existencia.

La cantidad defraudada ascendería a 4.000 millones de euros según datos del Banco de España y afectaría a unos 3,3 millones de españoles.​ Muchos afectados desconocen la existencia de cláusulas suelo en los contratos de hipoteca por lo que se considera que el fraude podría ser mayor al estimado.

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Si lo que paga al mes por su hipoteca no ha caído de forma abultada desde 2008, desconfíe. Si su cuota se ha estancado y paga siempre lo mismo tiene motivos para sospechar y toca revisar la escritura del préstamo. Si la ha perdido, puede solicitar una copia en el banco o en la notaría. Una vez que tiene la escritura en sus manos, busque las típicas palabras con las que la banca escondía este tipo de cláusulas. Su sitio está en los apartados bautizados como “tipos de interés del préstamo” y bajo expresiones del tipo “límite de variabilidad de intereses”, “interés mínimo” o “límites a la aplicación del interés variable o incluso la tenebrosa terminología “túnel hipotecario”

Si tienes cualquier duda sobre tu hipoteca, cuenta con los servicios de AfinMar, administradores de fincas en Sevilla, te asesoramos y aclaramos todas tus dudas.

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Una subcomunidad dentro de la comunidad de vecinos

Hoy en Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os ponemos al día sobre las subcomunidades dentro de una comunidad de vecinos

En una propiedad horizontal se puede constituir una comunidad subordinada y dependiente de la comunidad de propietarios principal respecto de los elementos comunes pero, a su vez, independiente respecto a la gestión de sus elementos y servicios propios. Como administradores de fincas en Sevilla, aclaramos esta situación.

Las subcomunidades son aquellas que resultan cuando, de acuerdo con los dispuesto en el Título Constitutivo, varios propietarios disponen, en régimen de comunidad, para su uso y disfrute exclusivo de determinados elementos o servicios comunes dotados de unidad e independencia funcional o económica (artículo 2.d LPH).

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De este concepto se desprenden los siguientes requisitos:

  • Varios propietarios disponen de unos elementos o servicios comunes, que son distintos de los demás propietarios del edificio o urbanización privada.
  • Colindancia física de los elementos privativos que por estar en una misma planta cuando se trata de un edificio o, por ser un edificio independiente dentro de una urbanización privada, les dota de una cierta unidad y a su vez independencia funcional y económica respecto a resto.
  • Y, por este motivo, les permite el uso y disfrute de sus elementos privativos, de modo exclusivo, sin que el resto de propietarios puedan acceder a ellos.

Las subcomunidades suelen darse en dos tipos de edificaciones: En las urbanizaciones privadas (complejos inmobiliarios privados), constituidas como agrupación de comunidades. En estos casos coexisten una comunidad principal (encargada de los elementos comunes de la urbanización) y tantas subcomunidades como fincas haya (encargadas de gestionar sus elementos o servicios comunes e independientes). Y en un mismo edificio. Dónde existe una comunidad principal (encargada de los elementos comunes del edificio) y tantas subcomunidades de distintos niveles en función de las características individuales e independientes de cada planta, por ejemplo: una para las viviendas, otra para el garaje, otra para las dedicadas a oficinas (o, negocios), otra para las dedicadas a comercio, etc.

En cuanto al tema de los comercios y negocios dentro de una comunidad de vecinos, ya escribimos sobre el tema en nuestro blog. ¿Puede mi vecino usar su vivienda como negocio?

El uso de viviendas para actividades comerciales está regulado dentro del registro de la propiedad. Sólo se puede ocupar un inmueble como local de negocio o despacho si así figura dentro del registro de propiedad y si se ha dado de alta como tal a efectos de liquidación del impuesto de las actividades económicas del ayuntamiento. Si en algún momento el propietario de una vivienda quiere cambiar de vivienda a local comercial, deberá solicitarlo en su administración local y éste dar su visto bueno.

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Volviendo al tema de las subcomunidades, si un grupo de propietarios quisiera independizarse de la comunidad de vecinos debe cumplir unos requisitos para operar en el tráfico jurídico sin problemas. Y son los siguientes:

Modificación del título constitutivo y si existe la posibilidad de construir una subcomunidad no se establece en dicho título, unanimidad en el acuerdo de toda la comunidad general, votado en junta de vecinos y que la constitución de la subcomunidad tenga acceso al Registro de la Propiedad

Si tu comunidad de vecinos presenta cada vez más incidencias y no sabes manejar la situación, cuenta con los servicios de AfinMar, administradores de fincas en Sevilla, te asesoramos y aclaramos todas tus dudas.

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Cómo prevenir un incendio en tu comunidad de vecinos

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, sabemos que toda precaución es poca y si hablamos de incendios más aún.

La prevención de incendios es un tema primordial hoy en día. Las comunidades de vecinos no están obligadas a tener un plan de evacuación y prevención, pero sí que están obligadas por ley a tener un sistema de protección contra incendios. Como administradores de fincas en Sevilla, te lo contamos en nuestra entrada blog.

Para evitar la aparición de incendios es importante conocer a la perfección qué tipo de medidas de seguridad pueden implantarse en el edificio según sus características estructurales. Las dimensiones del espacio, sobre todo cuando hablamos de grandes comunidades de propietarios, determinan en muchos casos qué clase de instrumentos podemos utilizar para prevenir o detectar la presencia de fuego.

Cuando hablamos de sistemas de protección contra incendios, debemos incluir una serie de medidas que evitan que en caso de que este se produzca, que se propaguen las llamas y causen males mayores en el edificio, no solo materiales sino también personales.

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Extintores portátiles y bocas de incendio, protecciones de carácter general

Este tipo de sistemas contra incendios constituyen los elementos básicos e indispensables de cualquier método de seguridad establecido, sobre todo porque pretenden encontrarse al alcance de cualquier persona que se vea inmiscuida en una situación de peligro inminente.
Mientras que la presencia de extintores portátiles es obligatoria en cada planta del edificio, colocando al menos uno a 15 metros del origen de evacuación o de la puerta de salida de la vivienda, las bocas de incendio sólo deben instalarse en las zonas de riesgo especial alto. Éstas pueden estar constituidas por trasteros, garajes mal ventilados, salas de calderas, depósitos de combustibles o incluso contadores de gas y de electricidad.

La prevención está en manos de todos

Todos los vecinos, propietarios o inquilinos, deben colaborar en la prevención y protección contra incendios de la comunidad. Como administradores de fincas en Sevilla, creemos que es conveniente que se realicen reuniones informativas periódicas y se establezcan una serie de pautas que permitan que la comunidad sea mucho más eficiente en materia de prevención. Algunos de los puntos que se deben tener en cuenta para todos los vecinos son:

  • Nunca obstaculizar las escaleras o salidas de emergencias: en algunas comunidades, debido al poco uso que se hace de las escaleras, por ejemplo, los vecinos depositan o almacenan objetos personales (muebles, cajas, bolsas, bicicletas, carros de bebé, etc.) Esto puede ser muy peligroso, ya que este tipo de objetos pueden avivar las llamas y reducir así en gran medida la efectividad de las medidas de protección contra incendios instaladas en los edificios.
  • Mantenimiento de sistemas eléctricos de toda la comunidad: es importante que no haya problemas eléctricos, uno de los principales causantes de incendios accidentales. Si se detecta cableado a la vista, empalmes o enganches defectuosos o de dudosa procedencia, se deben solventar de inmediato. Evitar así mismo en cada vivienda la sobrecarga de enchufes, y la utilización irresponsable de algunos aparatos eléctricos es fundamental.
  • En caso de que la comunidad esté abastecida por gas (ya sea gas propano, gas butano, gas ciudad o gas natural), siempre deben respetarse las revisiones e instalaciones por parte de profesionales del sector, una empresa especializada que evite posibles escapes y acumulaciones de gas.
  • Todos los vecinos deben conocer los elementos de seguridad y las rutas de escape en caso de incendio, para evitar que cunda el pánico y el daño causado por el fuego pueda magnificarse. Evitar el uso de ascensores, cerrar puertas y ventanas y mantener las puertas de seguridad de las escaleras cerradas para evitar que el fuego se propague.

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Como hemos visto hoy en Afinmar, siguiendo unas sencillas pautas, una comunidad de vecinos puede estar protegida contra el fuego, y siempre al día en materia de prevención. Una de las principales recomendaciones que podemos hacer como administradores de fincas en Sevilla es la contratación de una empresa de instalación de sistemas contra incendios. Gracias a su experiencia y a su profesionalidad, que pasa obligatoriamente por la realización de una inspección anual del edificio, puede garantizarse toda la protección que la comunidad de vecinos necesita.

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Una mascota en tu comunidad de vecinos

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, atendemos los posibles problemas que se pueden generar la presencia de mascotas en tu comunidad de vecinos

La presencia de animales en una comunidad de propietarios genera a veces algún conflicto con otros vecinos debido a los ruidos, los olores o a su presencia en las zonas comunes. En Afinmar, como administradores de fincas en Sevilla, sabemos que existe una normativa con los derechos y deberes de quienes tienen mascotas. Si se respeta, no tendrían por qué surgir problemas de convivencia.  Os recordamos el caso de Pesesín, un pequeño pez que no pudo irse de vacaciones y que fue cuidada por toda la comunidad de vecinos.

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¿Puede la Ley impedirte tener un perro en la comunidad?

La Ley de Propiedad Horizontal recoge todo lo que concierne a la vivienda y las comunidades de propietarios y no prohíbe la tenencia de animales domésticos en los domicilios particulares, aunque sí permite a los ayuntamientos limitar el número de mascotas que pueden tenerse en casa.

¿Y puede la comunidad de vecinos prohibir que entre tu perro en el edificio? Sólo en el caso de que los estatutos de la comunidad se recoja expresamente que está prohibido tener animales en la comunidad, aunque es posible impugnar esa normativa interna. De hecho, hay jurisprudencia al respecto donde priman los derechos individuales del dueño del animal. Por otra parte, no es posible modificar los estatutos para prohibir la entrada de mascotas a raíz de la llegada de un nuevo vecino porque, para ello, se exige una junta de propietarios y unanimidad en la votación, y el nuevo vecino votaría en contra.

En principio, la Ley ampara a los vecinos que quieran tener una mascota en casa y, siempre y cuando se respete la normativa de derechos y deberes, la comunidad no puede hacer nada al respecto. ¿Cuándo se considera que una mascota resulta una molestia para la comunidad? Si se saca sin correa, si se deja que ésta ladre toda la noche, si no se impide que ensucie o deteriore las zonas comunes y no se hace cargo de la reparación, el presidente de la comunidad le debe enviar una notificación oficial para que corrigiera este comportamiento. Si no lo hiciese, la junta de propietarios puede aprobar el inicio de acciones judiciales y solicitar una indemnización por daños y perjuicios. También pueden pedir una intervención administrativa al ayuntamiento para que inspectores comprueben los hechos denunciados y sean ellos los que se encarguen de hacer cumplir las ordenanzas.

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¿Cómo podemos impedir que tu mascota sea una molestia para los vecinos?

Una de las obligaciones de los dueños de una mascota es evitar molestias al resto de los vecinos con quienes convive. Cada persona tiene un grado distinto de tolerancia con los animales: hay quien tiene miedo de los perros y otros que no soportan subir en el ascensor con él. El respeto es fundamental para lograr una convivencia fluida con los vecinos. El dueño del perro es quien debe adaptarse a estas circunstancias. En el caso del ascensor, si se coincide con una persona que tiene miedo al perro, la solución es ceder el paso a ese vecino.

 

Las recomendaciones de Afinmar son: En caso de mudarse de casa, consultar con antelación los estatutos de la comunidad de vecinos; evitar, en la medida de lo posible las molestias derivadas de la tenencia del perro, como ladridos excesivos o la presencia del perro en zonas prohibidas para ellos; educar al perro para que sea respetuoso con el resto de personas y animales con quienes convive; y por último, utilizar la correa cuando corresponda y recoger los excrementos para evitar molestias a terceras personas.

Con estas pequeñas directrices y un poco de talante conseguiremos un convivencia perfecta entre vecinos tengan o no mascotas. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os invitamos a consultar todas vuestras dudas. ¡Os las resolveremos encantados!

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Medidas para prevenir la aparición de plagas

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, te ayudamos a prevenir y combatir las posibles plagas que pueden aparecer en tu comunidad comunidad

Las plagas son aquellos organismos poco agradables a la vista de los seres humanos. Los mismos, pueden causar daños físicos, económicos y materiales dentro de tu comunidad. Por eso, desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, vamos a ayudarte a intervenir en este tipo de situaciones. Por lo tanto, para un efectivo control de la plaga es esencial tomar en cuenta algunas medidas de prevención.

La prevención de plagas es un conjunto de actuaciones que emprendemos para evitar la aparición de colonias de diversos tipos de insectos, roedores, aves o alimañas en los lugares destinados a la habitabilidad humana. Existen técnicas puramente preventivas y medidas pasivas. Unas van más bien destinadas a tener las cosas como deberían de hacerse. Las otras a crear barreas físicas para prevenir la proliferación de las plagas.

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La higiene es fundamental para la prevención de plagas. Con al limpieza a fondo trataremos de evitar proporcionar alimento y cobijo a nuestros pequeños visitantes.

Los principales consejos para evitar que cualquier ser vivo conquiste tu comunidad de vecinos son:

  • Mantener la higiene y la limpieza: un servicio de limpieza o la limpieza a fondo por parte de los propietarios, para mantener todo el recinto limpio. La limpieza de las zonas comunes debe ser rigurosa, especialmente en los meses de calor.
  • Efectúa un adecuado mantenimiento de tu jardín. Plantas en mal estado y espacios demasiado frondosos son el cobijo perfecto y una fuente de alimentos para numerosos animalitos.
  • Vigila los puntos de retención de agua. El agua estancada huele fatal y es el paraíso de muchos bichos. Si localizas que hay zonas en la comunidad donde se acumula el agua, investiga las causas y ¡ponle freno!

A continuación os ayudamos a combatir la plagas más comunes dentro de una comunidad:

Cucarachas: Las características principales del paraíso de las cucarachas son la oscuridad, el calor y la humedad. Es importante localizar las grietas y escondites donde puedan habitar. Muchos pueden eliminados, mientras que tener controlados al resto te servirá de ayuda en caso de que vuelva a aparecer. Vigila que tus tuberías estén en buen estado, que no tengan pérdidas. Asimismo, observa los alrededores de los electrodomésticos y sé escrupuloso con la humedad de la cocina.

Ratones: Es fundamental no dejarles comida a mano. Si abres un paquete de galletas, no lo dejes abierto, guarda el resto en un envase que esté perfectamente sellado para no atraer a los pequeños roedores. Además, ocúpate bien de la basura. Tírala, no dejes que se acumule.

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Aves: Las plagas de aves son las más difíciles de controlar. Lo más importante es conseguir que su estancia sea lo menos larga y apetecible posible. Tapa los cubos y las papeleras y las desconcertaras. Por último, intenta que no se posen en tu entorno. Hay pinchos especiales para canalones y los altos de los muros, o redes y mallas que les evitan el paso. Si tenéis árboles, también podéis colgar cd’s de sus ramas. Truco muy sencillo para asustarlos.

¿Tienes una plaga y no sabes cómo enfrentarte a ella? Consúltanos. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, tenemos soluciones para todo tipos de problemas sobre tu inmueble.

 

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¿Que obligaciones tiene una comunidad con Hacienda?

En los últimos años, muchas comunidades han tenido problemas con Hacienda por no contribuir de manera correcta. Con Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, no tendrás ese problema

Antes, las comunidades de propietarios pasaban un tanto inadvertidas, tanto por su escasa trascendencia fiscal como por las mínimas obligaciones que se les imponían, pero últimamente este tema está adquiriendo relevancia. El 20% de las comunidades de propietarios cometen infracciones tributarias, generalmente por estar mal administradas por vecinos o negligentemente por un administrador de fincas no profesional. Si tienes problemas de este tipo, confía en Afinmar, administradores de fincas en Sevilla.

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La Ley General Tributaria considera a las comunidades de propietarios como entidades en régimen de atribución de rentas. Y aunque, por lo general, no realizan actividades empresariales ni profesionales (por lo que no tienen obligaciones tributarias periódicas), sí se les atribuye la condición de obligados tributarios porque pueden percibir beneficios (alquiler o venta de zonas comunes) o pagar por rendimientos profesionales y de trabajo (portero, conserje, administrador de fincas, empresa de limpieza, etc.), por los que han de retener e ingresar en Hacienda. Se incluyen dentro del grupo de entidades sin personalidad jurídica del art. 35.4 de la LGT, por lo que, a estos efectos, se asimilan a las comunidades de bienes y herencias yacentes, esto supone que carezcan de la condición de contribuyente en la mayoría de los impuestos estatales.

Una comunidad de propietarios es, a efectos tributarios, una entidad en régimen de atribución de rentas, por lo que la imputación de ingresos y gastos se realizará, para cada propietario, en función del coeficiente de participación

Para hacer efectivas sus obligaciones de carácter fiscal, las comunidades de propietarios han de aplicar el modelo 347. En primer lugar este ha de ser cumplimentado con los datos de identificación más los datos económicos de la comunidad. Asimismo, se deben incluir todos los datos de cada una de las personas o entidades incluidas en la declaración además del importe total, en euros, de las operaciones realizadas con cada persona o entidad durante un año natural. En este último caso puntualiza que se han de consignar los importes superiores a 6.000 euros percibidos en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración.

Estas operaciones se han de constar separadamente de otras que pudieran realizarse entre las mismas partes, aquellas que conlleven arrendamientos de locales de negocios. Un supuesto en el que la comunidad de propietarios arrendadora hará constar el nombre y apellidos o razón social y el número de identificación fiscal de los arrendamientos.

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Consecuencias de posibles incumplimientos

Las comunidades de propietarios también deben tener en cuenta que, no presentar el modelo 347 o hacerlo de manera incorrecta conlleva una serie de consecuencias. No ingresar dentro del plazo previsto por ley el importe resultante de las declaraciones presentadas implica un recargo a abonar por parte de las comunidades de propietarios. Este será determinado en función del tiempo que haya transcurrido desde la finalización del plazo voluntario. Así, un retraso de hasta tres meses implicará el pago del 5% del importe total de la declaración, de seis, del 10%; de un año, del 15%; y de más de doce meses, del 20% más una cantidad determinada de intereses.

Por otra parte, otro tipo de penalización monetaria prevista por la ley son las sanciones que se suelen plasmar en multas económicas de entre el 50% y el 150% de la cantidad objeto de infracción. En estos casos será el inspector el que valore y estime la gravedad de la situación en función del importe y de la voluntariedad o intención de la actuación del contribuyente.

Si quieres evitar problemas de este tipo en tu comunidad de vecinos y no sabes a quién acudir, ven a Afinmar, administradores de fincas en Sevilla.

Presidente de la comunidad ¿un trabajo remunerado?

Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, hablamos de las competencias del presidente o presidenta de una comunidad de vecinos.

La figura del presidente de la comunidad de vecinos  es un rol complicado de ejercer, en algunas fincas más que en otras, es por ello que en algunos casos hay propietarios que se plantean la opción de remunerar al propietario que ejerza de presidente de la comunidad.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, hemos resuelto muchas dudas en torno a la figura del presidente de la comunidad para disipar las dudas de algunos propietarios que, o bien infravaloran este cargo o, que en contraposición, piensan que éste debe ser el siervo del resto de vecinos.

Una persona no puede renunciar a su obligación de ejercer como presidente de la comunidad

A continuación hacemos un pequeño repaso por los derechos y acciones que un presidente de la comunidad puede llevar a cabo con el apoyo de un porcentaje de vecinos.

Presidente remunerado

Como hemos dicho anteriormente, ser presidente o presidenta de una comunidad de vecinos conlleva una serie de inconvenientes y labores que irrumpen en nuestro día a día. Es por ello que algunas fincas se plantean remunerar al vecino o vecina de turno que ejerza el cargo, para ello, la Ley de Propiedad Horizontal deja claro los pasos a seguir.

Al tener la consideración de acto de mera administración, el acuerdo podrá adoptarse por mayoría simple de conformidad con el artículo 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal. Por tanto, no hay impedimento legal en que se pague una pequeña remuneración al propietario o propietaria que ejerza este rol en concepto de gastos de representación.

Relegar en otra persona

Ser presidente de la comunidad es de obligado cumplimiento para todos los propietarios de una finca. No tener conocimientos de los estatutos o no saber contabilidad no exime de ejercer el puesto, pero sí hay circunstancias en las que una persona puede relegar en otra estas funciones. Pero para esto debe haber una causa de fuerza mayor, como una enfermedad grave o una hospitalización que se alargue en el tiempo.

Responsabilidad penal del presidente

Cuando hablamos de que ser el cabeza visible de una comunidad de vecinos es una gran responsabilidad, no estamos diciéndolo por decir. Si durante un mandato concreto se produce algún accidente por negligencia u omisión de sus deberes, el presidente podrá tener responsabilidad penal.

También si el propietario o propietaria en cuestión se extralimita de sus responsabilidades, como apropiarse de forma indebida de bienes de la comunidad, falsedad documental o estafa, se podrá exigir responsabilidades legales.

Duración de mandato

La duración del mandato de cada presidente es de un año, según el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal.

En Junta de Propietarios se puede decidir si este tiempo puede ampliarse, aunque por regla general no suele ser más de un año. La renovación suele coincidir con la junta anual ordinaria que se celebra en cada finca.

Si tu comunidad de vecinos tiene alguna duda o problema sobre la figura del presidente de la comunidad, cuenta con Afinmar, administrador de fincas en Sevilla. Ayudamos a gestionar de forma eficiente y sin quebraderos de cabeza.

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Los ascensores, motivo de conflicto entre vecinos

¿Cuántos habéis tenido problemas en vuestra comunidad por culpa del ascensor? Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, os ayudamos a resolver este tipo de conflictos.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, sabemos que cuando se plantea la instalación de ascensor en una comunidad de propietarios siempre aparecen discusiones y problemas. Las derramas, los gastos de mantenimiento y los problemas en la estructura del edificio dificultan que los propietarios sean capaces de ponerse de acuerdo. Os dejamos un caso que ha sido muy sonado en Málaga.

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El pequeño Salvi Mate vive los últimos días de la pesadilla que le impide salir de su casa como hace cualquier otro niño de su edad. A sus ocho años, y tras once de lucha por parte de sus padres, este pequeño con problemas de movilidad ha asistido por fin al inicio de las obras de construcción del ascensor que le permitirá hacer una vida normal. Tras más de una década de enfrentamiento contra los vecinos de su propia comunidad, que se oponían a su construcción, y lograr una subvención del Ayuntamiento, esta familia que vive en la calle Pablo Neruda de Málaga ha podido ver cómo los obreros han comenzado la instalación de la estructura en el ojo patio.

Salvi padece paraparesia espástica familiar, una enfermedad rara que afecta a las extremidades y le impide moverse con normalidad, motivo por el que vivir en el cuarto piso de un bloque sin ascensor le supone un calvario diario. Su padre, Salvador Mate, recuerda que las obras comenzaron el pasado 11 de diciembre y que con un poco de suerte el elevador podrá estrenarse en cuatro o cinco meses. El coste de la obra ascenderá a los 59.000 euros y la mitad será costeado por el Ayuntamiento.

Pese a llevar más de una década luchando por el ascensor, el afectado, que es también el presidente de la comunidad de propietarios, asegura que no logró su objetivo hasta que se puso en marcha la actual Ley de Accesibilidad. “Sólo accedieron cuando medio amenacé con denunciar a la comunidad”.

Hoy por hoy, en muchas comunidades de vecinos existen problemas que imposibilitan una convivencia armónica y feliz para todos. Resolver un conflicto entre vecinos es una necesidad para muchos inquilinos que ven peligrar su bienestar a causa de este problema.

En muchas ocasiones, los problemas entre los miembros de una comunidad son tales que algunos de los vecinos tienen que optar por buscar otra vivienda de alquiler, ya que no encuentran una solución que les permita restaurar las relaciones entre las personas implicadas, y que afecta directamente a toda la comunidad.

La manera más diplomática de conducir la situación cuando se ha detectado un problema entre los vecinos que afecta al buen funcionamiento y la convivencia en la comunidad, es hacer partícipes a todos los propietarios e inquilinos para que puedan aportar una solución, o entender la envergadura del problema en caso de que no les afecte directamente o en caso de que sean ellos los causantes.

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Por tanto, ante una incipiente necesidad de evitar largos y costosos enfrentamientos ante los tribunales que debiliten las relaciones entre personas que integran una misma comunidad de propietarios, la mediación se presenta como una alternativa eficaz y flexible que ofrece a las partes un espacio de diálogo a través del cual gestionar sus diferencias y, de forma pacífica, tratar de encontrar soluciones que contribuyan a mejorar la convivencia diaria.

En Afinmar nos ofrecemos como mediadores expertos en este tipo de discusiones. Si tu comunidad sufre alguno de estos problemas, o de otra índole, y no sois capaces de poneros de acuerdo, no dudes en poneros en contacto con nosotros. Como administrador de fincas en Sevilla somos especialistas en resolver este tipo de conflictos.

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El futuro más inmediato de las comunidades de vecinos

Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, os ponemos al día de las innovaciones que dentro de poco veremos en el mundo de las comunidades de vecinos.

La tecnología va a cambiar la forma de vivir y gestionar las comunidades de vecinos. Aunque vamos a tener que seguir participando en las tediosas reuniones, la tecnología puede ayudar a agilizar muchas tareas habituales en las fincas. En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, te damos algunas ideas.

Si ya utilizamos dispositivos conectados y apps para realizar todo tipo de gestiones, como pagar facturas, realizar videoconferencias, hacer la compra, comunicarnos con amigos y familiares… ¿por qué no emplear esas mismas tecnologías en el ámbito de la comunidad de propietarios? La realidad es que todas estas innovaciones llegan despacio a este entorno, pero acabarán llegando, dando lugar a una pequeña revolución en la relación entre vecinos, administradores de fincas y proveedores de servicios.

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Hay varias tecnologías que muy pronto empezarán a emplearse en las comunidades. Por ejemplo, los pagos online. La utilización de plataformas que permitan pagar y cobrar de manera automática y segura las cuotas de la comunidad se popularizarán entre propietarios y administradores. Es una solución idónea para resolver el problema de los pagos de los propietarios extranjeros, pues evita el abono en metálico.

La gestión de incidencias online también puede ser muy interesante. Comunicarse con el administrador puede ser en ocasiones una ‘misión imposible’. De hecho, los administradores emplean tres quintas partes de su jornada laboral contestando a llamadas y mensajes de los vecinos que les informan sobre un problema. La notificación de incidencias online es ágil y, además, permite que el resto de vecinos sepan que ya se ha comunicado y que se están tomando las medidas oportunas. Esto beneficia tanto a los propietarios como a los administradores, que pueden destinar su tiempo a la resolución del problema o a otras tareas. Incluso se puede dar acceso a la plataforma a los proveedores de servicios (fontaneros, ascensoristas, electricistas, jardineros, limpieza…), de forma que reciban una alerta de avería al instante, agilizando la reparación.

Otra modernización puede venir de la implantación de sistemas inteligentes de control de acceso. Las nuevas tecnologías permiten que los vecinos no dependan de las llaves para poder entrar a la finca o incluso a su propia vivienda, recurriendo a sistemas como escáneres de huellas dactilares o de retina o mediante tecnología NFC, por ejemplo. Se acabaría el problema de olvidarse las llaves en casa y tener que pagar un dineral al cerrajero de urgencias.

administrador de fincas en Sevilla

En comunidades más grandes, el uso de drones y otros vehículos no tripulados pueden desarrollar tareas de vigilancia y mantenimiento. Podrían realizar labores de vigilancia, así como tomar fotos de averías que surjan en la fachada o en los tejados, detectar fugas térmicas o de fluidos, etc.

Otro aspecto interesante es la gestión online de la reserva de espacios comunes. Muchas fincas disponen de locales multiuso para el uso de los vecinos, pistas de pádel, etc. Una plataforma en internet puede ayudar a agilizar las gestiones, ofreciendo información acerca de las horas libres y permitiendo la reserva anticipada.

Por último, aunque las reuniones de vecinos perduren, la tecnología puede cambiar la manera de llevarse a cabo. En un futuro no tiene por qué ser imprescindible tener presencia física, manteniéndose juntas en streaming, incluyendo sistemas de voto online para la toma decisiones.

Como administrador de fincas en Sevilla, queremos ayudarte a conseguir ser una comunidad perfecta. Con la ayuda de la tecnología y de Afinmar es posible.