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¿Está preparada tu comunidad para el cambio de la TDT?

Desde Afinmar, empresa de administración de fincas en Sevilla, nos hacemos eco de las novedades que trae, una vez más, las antenas de televisión digital terrestre.

Se aproxima un nuevo cambio en la TDT que traerá un poco de cabeza a las comunidades de vecinos, puesto que habrá que adaptar las antenas para poder disfrutar de este servicio que dejará paso a la tecnología 5G.

13 canales de televisión cambiarán de frecuencia para dejar espacio a la tecnología de internet 5G

 

Ya contamos con una fecha límite en la que tendremos que realizar el proceso de resintonización para poder adaptarnos a la llegada de la conectividad de quinta generación. El Gobierno central ha aprobado el calendario del proceso por el que 13 canales de televisión cambiarán de frecuencia para dejar espacio a la tecnología de internet 5G, en el conocido como segundo dividendo digital.

Así, desde Afinmar, empresa de administración de fincas en Sevilla, os contamos cómo las comunidades de vecinos deben adaptar sus antenas colectivas a partir del próximo mes de enero.

Resintonización de nuestra televisión

Si quieres poder disfrutar de tu televisión a partir del mes de enero de 2019, tu comunidad de vecinos tendrá que adaptar sus antenas colectivas, tendrán de plazo hasta marzo de 2020 y el Ministerio de Economía y Empresa ha confirmado que habrá ayudas como ocurrió la anterior vez, aunque aún no sabe exactamente de qué tipo de ayudas y cuantías se tratan.

En el caso de que las comunidades no adapten las antenas, en 2020 dejarían de verlas

La liberalización de la banda de los 700 MHz llegará antes del 30 de junio de 2020 y preparará a España para las futuras redes 5G. Por tanto, los canales de televisión que cambian ahora son los que están situados en la banda de 700 megaherzios. Como La 1, La 1 HD, La 2, La 2 HD, 24h, Clan, CyL7, CyL7 HD, CyL8, Gol, Dmax, Disney Channel y Paramount Network. En el caso de que las comunidades no adapten las antenas, en 2020 dejarían de verlas.

¿Qué debemos hacer?

Si tenemos una centralita instalada en el edificio, será necesario reprogramarla. Si se tienen unos amplificadores monocanales, habrá que cambiar algunos con un coste bastante elevado pero se podrá mantener la antena.

¿Qué es y cuándo llegará el 5G?

Se trata todavía una tecnología en ciernes, pero en el sector de las telecomunicaciones se tienen altas expectativas de sus aplicaciones. Supone una conexión de banda ancha móvil mucho más rápida que su predecesor, el 4G. Se estima que puede llegar a ser hasta 10 veces más veloz, lo que reduce de manera notable el tiempo de descarga de datos.

Sin embargo, la gran aportación del 5G es la que va más allá de los móviles, ya que es la generación llamada a explotar las capacidades de conexión en sistemas como el conocido como internet de las cosas, que supone la conexión de cualquier dispositivo en el hogar (termostatos, sensores, robótica, electrodomésticos, etc.). También se liga al desarrollo de la conducción autónoma.

Si tienes dudas de cómo tramitar tu actualización de la tdt, no lo dudes, cuenta con Afinmar, empresa de administración de fincas en Sevilla.

¿Cómo controlar a los invitados de tu piscina comunitaria?

Desde Afirmar, empresa de administración de fincas en Sevilla, sabemos que el calor ya está apretando de nuevo y que las piscinas comunitarias se erigen como la mejor opción para combatir las altas temperaturas por si no puedes huir a la playa.

Dicen que en Sevilla lo que más se valora es tener un amigo con caseta durante la Feria de Abril y otro con piscina comunitaria durante el verano en la capital hispalense. Lo cierto que tanto en un sitio como en otro, es muy importante que todos los invitados sepan comportarse y respetar el entorno por un lado, y que el anfitrión sepa cómo manejar la situación de forma respetuosa con el resto de vecinos.

Todos los entornos comunitarios pueden conllevar algún conflicto entre propietarios, cada persona es diferente y las rencillas de la convivencia pueden surgir si no sabemos cómo actuar correctamente en cada situación que se da a lo largo de la vida diaria. Desde nuestra empresa de administración de fincas en Sevilla nos hemos visto obligados a tener que mediar verano sí y verano también en conflictos derivados por el uso de la piscina comunitaria.

Si quieres conocer cómo puedes evitar llegar a una situación insostenible con tus vecinos, tanto si eres de los que invita como de los que no, para que sepas reaccionar sin conflictos ante una posible crisis de convivencia.

Métodos para controlar a los invitados en una piscina comunitaria

Por regla general, damos por hecho que todas las personas saben convivir en espacios públicos, sin embargo, hay algunas situaciones extremas que bien por exceso de aforo, o bien por déficit de educación podemos encontrarnos en una situación incómoda a pesar de hallarte en tu hogar.

Si surge en algún momento algún conflicto es importante tener claro la normativa de las piscinas comunitarias, que en España cada comunidad autónoma es la que aplica sus propias normas. ¿Cómo hacemos para controlar a los invitados?

  • Por regla general las normas de régimen de uso interno de la piscina recogen el número de invitados que tiene cada propietario puede tener para la piscina comunitaria. En algunos lugares va por invitación, otra por lista, y sin embargo hay algunas propiedades que no tienen ninguna norma, lo que quiere decir que ahí poco podemos hacer si a un vecino le da por invitar a todo el barrio para chapotear.
  • También puede reflejarse en los estatutos las normas de convivencia de la piscina comunitaria, de obligado cumplimiento para todos los propietarios. En casos excepcionales, si queremos meter a más gente con motivo de alguna visita o celebración, siempre se puede preguntar en junta de vecinos para que no existan rencillas.
  • Existen algunas comunidades que cuentan con pulseras o algún complemento apto para el baño que muestre que esa persona es una invitada de un propietario y no una persona ajena. Sin duda es la mejor forma para controlar quien está dentro de la propiedad.

Si a pesar de todo esto surgen los conflictos dentro de la comunidad de vecinos, siempre puedes llamar a Afinmar, empresa de administración de fincas en Sevilla, y ayudarte a solucionar cualquier conflicto.

Ser mal vecino puede castigarse con la ley

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os contamos un caso que ha llevado a un hombre a ser condenado por ser un vecino conflictivo.

Ser un vecino conflictivo tiene consecuencias, y pueden llegar a ser muy graves, si el resto de propietarios de una comunidad deciden ser menos benevolentes y zanjar el problema. Desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, vamos a tomar un caso reciente de un vecino de A Coruña que ha sido condenado por la justicia por ser un mal vecino.

De sobra sabemos que la convivencia en una comunidad no tiene que ser siempre sencilla, como expertos en gestión de comunidades de vecinos, hemos podido ver de todo en cada finca. Desde bloques de pisos que son como una auténtica familia y van todos a una, hasta vecinos que tienen declarada la guerra de todas las formas posibles. En estos casos, siempre es conveniente contar con un mediador que sepa cómo gestionar y buscar una solución a las crisis internas para no alcanzar el extremo que a continuación vamos a contar.

Condenado a dejar su casa por ser mal vecino

Hace poco leímos la siguiente noticia, en la que se contaba cómo un vecino de A Coruña ha sido condenado a dejar su casa por realizar prácticas incívicas dentro de su comunidad de vecinos. Según  el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, existen ciertas actividades y actitudes que pueden ser castigadas y pueden llegar suponer además del abono de indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados, e incluso la privación del uso de la vivienda en casos de especial gravedad.

Éste es el caso del protagonista de nuestra historia, el cual (según la sentencia judicial emitida por la Audiencia provincial de A Coruña) molestaba sin cesar con sus actividades:  solía poner la música a gran volumen incluso a horas intempestivas, emitir ruidos molestos a través de los conductos de ventilación de los baños con un megáfono, dar golpes con el martillo o portazos.

No sólo queda la historia aquí, lo más condenable es que también se dedicaba a retener el ascensor cuando alguien lo llamaba, destrozaba elementos comunes del edificio e incluso llegó a desparramar líquidos resbaladizos por el suelo de los pasillos comunes.

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Esto derivó a que muchos vecinos le tuvieran miedo e incluso pensaban en el bienestar de sus hijos, puesto que les inquietaba la idea de que pudieran cruzarse con este individuo y les molestase.  La tensión vecinal, tras años de soportar estas actitudes, y de continuas llamadas a la policía local, que tuvo que acudir al edificio más de 30 veces, resultaba ya insostenible.

De esta forma, la situación derivó a los tribunales que dieron la razón a los vecinos puesto que tanto las declaraciones de los vecinos, como la de la policía local que acudía asiduamente al bloque consiguió convencer de que la situación era insostenible. Además, confirman la validez que el juzgado de primera instancia dio a la prueba testifical del administrador de la comunidad: la sensación de desesperación de los vecinos y su sensación de estar constantemente amenazados.

 

 

En definitiva, desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os animamos a que denuncies las actitudes incívicas dentro de tu comunidad de vecinos para que tu hogar sea de verdad eso, un hogar.

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¿Puede ser un vecino administrador de fincas?

En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os contamos qué papel puede ejercer un vecino o propietario a la hora de administrar una comunidad de vecinos.

Muchos propietarios de viviendas desconocen que un vecino puede ser administrador de su propia comunidad. En algunas comunidades de vecinos prefieren que esta figura se encuentren dentro del bloque de viviendas para tenerlo a mano, y que esté más concienciado con las necesidades que tiene la misma comunidad en el día a día.

La Ley de Propiedad Horizontal permite que un vecino pueda ser presidente de la comunidad de vecinos

Según la Ley de Propiedad Horizontal, el artículo 13.6 contempla la posibilidad de que un propietario pueda ser administrador de una comunidad de vecinos. Este tipo de acciones las suele contemplar las comunidades de vecinos reducidas que cuentan con pocos propietarios y se autogestionan de una forma más ágil de esta manera.

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¿Con remuneración o sin ella?

Además, este tipo de comunidades reducidas existen pocos servicios comunes que cuentan con una implicación de todos los vecinos en el funcionamiento de la comunidad, por lo que es una forma idónea de gestionar mientras no haya circunstancias especiales dentro de la comunidad, como por ejemplo:

  • Empleados
  • Morosos
  • Obras de ITE
  • Instalación de ascensor
  • Publicidad en fachada

Todo esto complica que el día a día de la comunidad. Hay que tener en cuenta que este administrador no puede cobrar por sus servicios prestados puesto que percibir una contraprestación lleva algunos inconvenientes y en Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os contamos cuáles:

 

  • El cobro habitual presupone que se ejerce una actividad profesional, lo que lleva consigo tener que darse de alta en Hacienda, no puede cobrar de forma irregular sino que tendría que darse de alto como autónomo o buscar alguna forma de facturar.
  • A la hora de facturar por ejercer de administrador de la comunidad, hay que incrementar el importe en el IVA correspondiente, recordamos que no hacerlo conlleva un fraude a Hacienda. De no hacerse, tanto la comunidad como el propietario pueden meterse en un lío.
  • Además, se debe descontar en las las facturas la retención que corresponda, que debe aplicarle la comunidad. Trimestralmente, el importe total retenido tiene que ser ingresado en Hacienda por la comunidad.
  • Los ingresos anuales percibidos de la comunidad deben reflejarse en la Declaración anual de la renta del propietario en cuestión.

En definitiva, un propietario de una comunidad de vecinos puede ejercer como administrador de fincas cobrando o sin cobrar, pero de percibir dinero, debe hacerse como en cualquier trabajo remunerado, pagando sus correspondientes impuestos y declarando el IVA pertinente.

La alternativa es optar por profesionales especializados en el sector de la gestión de fincas

Si por el contrario, ningún vecino desea de ejercer el rol de administrador puedes acudir a profesionales especializados que atenderán las necesidades de la comunidad de vecinos de la forma más eficiente. En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, nos encargamos de gestionar de forma transparente y eficiente tu finca para que todos los propietarios viváis en perfecta armonía y sin quebraderos de cabeza.

Presidente de la comunidad ¿un trabajo remunerado?

Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, hablamos de las competencias del presidente o presidenta de una comunidad de vecinos.

La figura del presidente de la comunidad de vecinos  es un rol complicado de ejercer, en algunas fincas más que en otras, es por ello que en algunos casos hay propietarios que se plantean la opción de remunerar al propietario que ejerza de presidente de la comunidad.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, hemos resuelto muchas dudas en torno a la figura del presidente de la comunidad para disipar las dudas de algunos propietarios que, o bien infravaloran este cargo o, que en contraposición, piensan que éste debe ser el siervo del resto de vecinos.

Una persona no puede renunciar a su obligación de ejercer como presidente de la comunidad

A continuación hacemos un pequeño repaso por los derechos y acciones que un presidente de la comunidad puede llevar a cabo con el apoyo de un porcentaje de vecinos.

Presidente remunerado

Como hemos dicho anteriormente, ser presidente o presidenta de una comunidad de vecinos conlleva una serie de inconvenientes y labores que irrumpen en nuestro día a día. Es por ello que algunas fincas se plantean remunerar al vecino o vecina de turno que ejerza el cargo, para ello, la Ley de Propiedad Horizontal deja claro los pasos a seguir.

Al tener la consideración de acto de mera administración, el acuerdo podrá adoptarse por mayoría simple de conformidad con el artículo 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal. Por tanto, no hay impedimento legal en que se pague una pequeña remuneración al propietario o propietaria que ejerza este rol en concepto de gastos de representación.

Relegar en otra persona

Ser presidente de la comunidad es de obligado cumplimiento para todos los propietarios de una finca. No tener conocimientos de los estatutos o no saber contabilidad no exime de ejercer el puesto, pero sí hay circunstancias en las que una persona puede relegar en otra estas funciones. Pero para esto debe haber una causa de fuerza mayor, como una enfermedad grave o una hospitalización que se alargue en el tiempo.

Responsabilidad penal del presidente

Cuando hablamos de que ser el cabeza visible de una comunidad de vecinos es una gran responsabilidad, no estamos diciéndolo por decir. Si durante un mandato concreto se produce algún accidente por negligencia u omisión de sus deberes, el presidente podrá tener responsabilidad penal.

También si el propietario o propietaria en cuestión se extralimita de sus responsabilidades, como apropiarse de forma indebida de bienes de la comunidad, falsedad documental o estafa, se podrá exigir responsabilidades legales.

Duración de mandato

La duración del mandato de cada presidente es de un año, según el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal.

En Junta de Propietarios se puede decidir si este tiempo puede ampliarse, aunque por regla general no suele ser más de un año. La renovación suele coincidir con la junta anual ordinaria que se celebra en cada finca.

Si tu comunidad de vecinos tiene alguna duda o problema sobre la figura del presidente de la comunidad, cuenta con Afinmar, administrador de fincas en Sevilla. Ayudamos a gestionar de forma eficiente y sin quebraderos de cabeza.

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Los ascensores, motivo de conflicto entre vecinos

¿Cuántos habéis tenido problemas en vuestra comunidad por culpa del ascensor? Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, os ayudamos a resolver este tipo de conflictos.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, sabemos que cuando se plantea la instalación de ascensor en una comunidad de propietarios siempre aparecen discusiones y problemas. Las derramas, los gastos de mantenimiento y los problemas en la estructura del edificio dificultan que los propietarios sean capaces de ponerse de acuerdo. Os dejamos un caso que ha sido muy sonado en Málaga.

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El pequeño Salvi Mate vive los últimos días de la pesadilla que le impide salir de su casa como hace cualquier otro niño de su edad. A sus ocho años, y tras once de lucha por parte de sus padres, este pequeño con problemas de movilidad ha asistido por fin al inicio de las obras de construcción del ascensor que le permitirá hacer una vida normal. Tras más de una década de enfrentamiento contra los vecinos de su propia comunidad, que se oponían a su construcción, y lograr una subvención del Ayuntamiento, esta familia que vive en la calle Pablo Neruda de Málaga ha podido ver cómo los obreros han comenzado la instalación de la estructura en el ojo patio.

Salvi padece paraparesia espástica familiar, una enfermedad rara que afecta a las extremidades y le impide moverse con normalidad, motivo por el que vivir en el cuarto piso de un bloque sin ascensor le supone un calvario diario. Su padre, Salvador Mate, recuerda que las obras comenzaron el pasado 11 de diciembre y que con un poco de suerte el elevador podrá estrenarse en cuatro o cinco meses. El coste de la obra ascenderá a los 59.000 euros y la mitad será costeado por el Ayuntamiento.

Pese a llevar más de una década luchando por el ascensor, el afectado, que es también el presidente de la comunidad de propietarios, asegura que no logró su objetivo hasta que se puso en marcha la actual Ley de Accesibilidad. “Sólo accedieron cuando medio amenacé con denunciar a la comunidad”.

Hoy por hoy, en muchas comunidades de vecinos existen problemas que imposibilitan una convivencia armónica y feliz para todos. Resolver un conflicto entre vecinos es una necesidad para muchos inquilinos que ven peligrar su bienestar a causa de este problema.

En muchas ocasiones, los problemas entre los miembros de una comunidad son tales que algunos de los vecinos tienen que optar por buscar otra vivienda de alquiler, ya que no encuentran una solución que les permita restaurar las relaciones entre las personas implicadas, y que afecta directamente a toda la comunidad.

La manera más diplomática de conducir la situación cuando se ha detectado un problema entre los vecinos que afecta al buen funcionamiento y la convivencia en la comunidad, es hacer partícipes a todos los propietarios e inquilinos para que puedan aportar una solución, o entender la envergadura del problema en caso de que no les afecte directamente o en caso de que sean ellos los causantes.

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Por tanto, ante una incipiente necesidad de evitar largos y costosos enfrentamientos ante los tribunales que debiliten las relaciones entre personas que integran una misma comunidad de propietarios, la mediación se presenta como una alternativa eficaz y flexible que ofrece a las partes un espacio de diálogo a través del cual gestionar sus diferencias y, de forma pacífica, tratar de encontrar soluciones que contribuyan a mejorar la convivencia diaria.

En Afinmar nos ofrecemos como mediadores expertos en este tipo de discusiones. Si tu comunidad sufre alguno de estos problemas, o de otra índole, y no sois capaces de poneros de acuerdo, no dudes en poneros en contacto con nosotros. Como administrador de fincas en Sevilla somos especialistas en resolver este tipo de conflictos.

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El futuro más inmediato de las comunidades de vecinos

Hoy en Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, os ponemos al día de las innovaciones que dentro de poco veremos en el mundo de las comunidades de vecinos.

La tecnología va a cambiar la forma de vivir y gestionar las comunidades de vecinos. Aunque vamos a tener que seguir participando en las tediosas reuniones, la tecnología puede ayudar a agilizar muchas tareas habituales en las fincas. En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, te damos algunas ideas.

Si ya utilizamos dispositivos conectados y apps para realizar todo tipo de gestiones, como pagar facturas, realizar videoconferencias, hacer la compra, comunicarnos con amigos y familiares… ¿por qué no emplear esas mismas tecnologías en el ámbito de la comunidad de propietarios? La realidad es que todas estas innovaciones llegan despacio a este entorno, pero acabarán llegando, dando lugar a una pequeña revolución en la relación entre vecinos, administradores de fincas y proveedores de servicios.

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Hay varias tecnologías que muy pronto empezarán a emplearse en las comunidades. Por ejemplo, los pagos online. La utilización de plataformas que permitan pagar y cobrar de manera automática y segura las cuotas de la comunidad se popularizarán entre propietarios y administradores. Es una solución idónea para resolver el problema de los pagos de los propietarios extranjeros, pues evita el abono en metálico.

La gestión de incidencias online también puede ser muy interesante. Comunicarse con el administrador puede ser en ocasiones una ‘misión imposible’. De hecho, los administradores emplean tres quintas partes de su jornada laboral contestando a llamadas y mensajes de los vecinos que les informan sobre un problema. La notificación de incidencias online es ágil y, además, permite que el resto de vecinos sepan que ya se ha comunicado y que se están tomando las medidas oportunas. Esto beneficia tanto a los propietarios como a los administradores, que pueden destinar su tiempo a la resolución del problema o a otras tareas. Incluso se puede dar acceso a la plataforma a los proveedores de servicios (fontaneros, ascensoristas, electricistas, jardineros, limpieza…), de forma que reciban una alerta de avería al instante, agilizando la reparación.

Otra modernización puede venir de la implantación de sistemas inteligentes de control de acceso. Las nuevas tecnologías permiten que los vecinos no dependan de las llaves para poder entrar a la finca o incluso a su propia vivienda, recurriendo a sistemas como escáneres de huellas dactilares o de retina o mediante tecnología NFC, por ejemplo. Se acabaría el problema de olvidarse las llaves en casa y tener que pagar un dineral al cerrajero de urgencias.

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En comunidades más grandes, el uso de drones y otros vehículos no tripulados pueden desarrollar tareas de vigilancia y mantenimiento. Podrían realizar labores de vigilancia, así como tomar fotos de averías que surjan en la fachada o en los tejados, detectar fugas térmicas o de fluidos, etc.

Otro aspecto interesante es la gestión online de la reserva de espacios comunes. Muchas fincas disponen de locales multiuso para el uso de los vecinos, pistas de pádel, etc. Una plataforma en internet puede ayudar a agilizar las gestiones, ofreciendo información acerca de las horas libres y permitiendo la reserva anticipada.

Por último, aunque las reuniones de vecinos perduren, la tecnología puede cambiar la manera de llevarse a cabo. En un futuro no tiene por qué ser imprescindible tener presencia física, manteniéndose juntas en streaming, incluyendo sistemas de voto online para la toma decisiones.

Como administrador de fincas en Sevilla, queremos ayudarte a conseguir ser una comunidad perfecta. Con la ayuda de la tecnología y de Afinmar es posible.

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Recomendaciones para compartir un décimo de lotería con tus vecinos

El Centro de Investigaciones Sociológicas ha develado que tres de cada cuatro españoles juegan a la Lotería de Navidad en compañía. Por eso desde Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, te dejamos algunas precauciones que debes tomar si compartes tu décimo

En España es una práctica muy habitual el jugar a la lotería mediante participaciones o compartiendo un décimo de lotería entre tus vecinos. Es por eso que desde Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, queremos que no haya problemas en caso de que vuestro boleto sea el agraciado.

Aunque en estas fechas tan señaladas, el espíritu de la honestidad y las buenas intenciones se refleja hasta en el anuncio de la propia Lotería, la realidad es que cada año salen a la luz casos insólitos en los que alguno de los dueños del décimo compartido intenta escabullirse con el premio. Entonces, comienza la peor pesadilla de los dueños legítimos del boleto, quienes tendrán que emprender complicados procesos judiciales para demostrar que son propietarios de un dinero del que, para más inri, está intentando apropiarse un amigo o un familiar.

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Para evitar sustos que puedan truncarle a cualquier participante la alegría de cobrar un buen pellizco en estas navidades, los expertos recomiendan seguir unos sencillos pasos a la hora de compartir un décimo de lotería con tus vecinos o allegados.

Debe quedar por escrito

Lo primero que hay que tener cuenta es que los décimos de lotería son al portador, por lo que, en principio, el premio lo recibe el que lo tiene en su poder. Por eso, para prevenir que quien ha guardado el décimo caiga en la tentación de no repartir el premio, es conveniente dejar plasmado documentalmente el acuerdo.

Lo conveniente es tomar precauciones por escrito del acuerdo que se ha llevado a cabo con el décimo. Con una fotocopia del boleto donde además figuren los datos de todos sus apostantes, su firma y la cantidad que juega cada uno, es suficiente. No es necesario acudir a un notario para que levante acta del acuerdo como se suele creer.

Los juicios por la identidad de los dueños de los billetes de la Lotería de Navidad son muy habituales todos los años en España a pesar de que los participantes tienen la posibilidad de ahorrarse con unos sencillos pasos procesos judiciales que suelen durar entre 3 y 4 años hasta que consiguen recuperar su dinero.

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Cuanta más información haya en la hoja que fotocopiamos, menos problemas tendremos a la hora de cobrar. Lo ideal es que en el folio conste el nombre completo del apostante, su DNI, su firma y la cantidad que juega. Si no consta cantidad, el juez entenderá que los participantes juegan a partes iguales. Si sólo consta la firma, un perito calígrafo no tendrá problema en detectar si la rúbrica es auténtica, pero ese paso ralentizaría el juicio.

Finalmente, recuerda que todos los boletos premiados tienen un plazo de caducidad que está indicado en el reverso. No obstante, añade que en el caso de la Lotería Nacional hay un mes como máximo para el cobro y tres meses en el caso de los premios extraordinarios de Navidad y de El Niño.

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, esperamos que con estos consejos el único problemas que tengáis con vuestro décimo sea en que gastar el dinero.

 

¿Qué cuesta tener una pista de pádel en tu comunidad?

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, te recomendamos construir una pista de pádel en tu comunidad. Es una buena forma para que nuestros clientes se mantengan en forma y amplíen el vínculo con sus vecinos

En Afinmar, administrador de fincas en Sevilla sabemos que el pádel es un deporte que está teniendo un crecimiento brutal a nivel mundial. En España podemos presumir de ser una de las potencias mundiales y gran parte de culpa es por la cantidad de pistas que hay por toda la geografía española. Es habitual encontrar urbanizaciones con una o varias pistas de pádel para que los vecinos disfruten y practiquen este deporte. Es un deporte de raqueta recomendado para todas las edades, ya que es más sencillo que el tenis y no requiere de una condición física espectacular para practicarlo.

administrador de fincas en SevillaSi te gusta el pádel o alguna vez has pensado empezar a practicarlo, es buen momento para que plantees la idea de construir una pista de pádel en tu comunidad de vecinos. La pista es tan pequeña que entra en cualquier rincón de las zonas comunes. Por eso, en los últimos años las promotoras no han dudado en incluir como reclamo a la compra de pisos pistas de pádel en las zonas comunes. Así, todos estamos contentos y un poquito más en forma. Pero, si tu comunidad de vecinos no cuenta con una, llega las preguntas del millón:

¿Qué mayoría necesito para instalar una pista de pádel en la comunidad de propietarios?

Cuando hablamos de obras en la comunidad de propietarios, hablamos de dinero. Y ese es un tema de conversación al que muchos copropietarios no quieren entrar. Como hemos apuntado en otras ocasiones, hay obras que son necesarias. Hablamos de que la estructura del edificio peligra o de que los canalones están produciendo humedades. Sin embargo, lo primero que tienes que saber es que una pista de pádel, una piscina o similar, no es lo mismo que una ascensor para mayores de 70 años. La obra NO es obligatoria a petición de un propietario y hay quien puede negarse a la instalación.

Según artículo 17.4 habla del voto necesario para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras, pero de los que no son necesarios. Así, la pista de pádel puede ser una innovación o una nueva instalación o una mejora. Eso va en el gusto de cada uno. Según el artículo, basta el voto favorable de una mayoría de tres quintos de los propietarios, que a su vez representen los tres quintos de las cuotas de participación.

¿Qué cuesta una pista de pádel?

Existen varios factores que pueden influir en el precio final de la pista de pádel. La estructura, las paredes, el vallado, la iluminación, el suelo, las cubiertas o el mantenimiento. Aunque el mantenimiento de las pistas no vaya ligado con el coste de la construcción es un factor a tener en cuenta ya que siempre deberás estar pendiente de solucionar los problemas que pueda tener la pista (escasez de arena, rotura de la red o de un panel de cristal, etc.)

 

 

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Una vez que sabemos lo que puede hacer que nuestra pista nos salga más o menos cara vamos a ver entre qué rango de precios se puede mover el hecho de construir una pista de pádel:

  • Si estás pensando en montar una pista sencilla estaríamos hablando de algo menos de 12.000 €.
  • Una pista estándar suele rondar los 18.000 €.
  • Una pista de pádel profesional como las que se ven en el World Padel Tour pueden rondar los 25.000 €.

Desde Afinmar, administrador de fincas en Sevilla, esperamos que te haya servido de ayuda. Te hemos dejado toda la información para que en la próxima junta de vecinos puedas presentar el proyecto y hagas de tu comunidad un lugar de ocio más saludable.

 

Cómo reclamar los defectos de construcción de una vivienda

En ocasiones ni el seguro de tu casa ni la comunidad se hacen cargo de los desperfectos que aparecen en tu casa. ¿Quién se encarga de ello entonces? En AfinMar, administrador de fincas en Sevilla, te damos la solución

Llevas un tiempo viviendo en tu casa y un un día de lluvia, en las paredes del techo aparecen goteras. El seguro te dice que si no se arregla la fuente no cubre daños estéticos. La fuente está en la cubierta del edificio. El seguro de la comunidad no lo cubre porque el daño no se debe a ningún “incidente”. ¿Quién tiene que pagar la reparación de la cubierta? En Afinmar, tu administrador de fincas en Sevilla, nos alegra comunicarte que la comunidad de propietarios no tiene que andar siempre soltando dinero. En determinadas ocasiones, es posible reclamar los defectos de construcción de una vivienda o finca a los responsables de su construcción o venta.

Cuando compras una vivienda o local de obra nueva, estás firmando un contrato. En el mismo, se señala que tú pagas dinero y a cambio recibes una propiedad impoluta. Recalquemos lo de obra nueva, que para la segunda mano las cosas funcionan algo diferente. Cuando la vivienda o local que has comprado presenta defectos en la construcción o vicios constructivos, se están incumpliendo las condiciones del contrato. Así, puedes reclamar la reparación de los defectos o vicios de construcción que detectes en tu vivienda o en las zonas comunes de tu comunidad de propietarios.

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Esta materia viene regulada por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). Puedes consultarla directamente pinchando aquí. Esta ley tiene por fin garantizar la calidad de las edificaciones y dar las garantías suficientes a compradores y usuarios. Está claro que no es lo mismo que surja una grieta que recorra el edificio a que se caigan dos adoquines en la piscina de la comunidad. Por ello, la LOE en su artículo 17 fija una clasificación de defectos en la construcción de acuerdo a su gravedad. Asimismo, se fijan unos plazos de garantía a contar desde la fecha de recepción de la obra. De esta forma, distinguimos entre:

  • Daños que afecten a elementos de terminación o acabado: Son pequeños defectos en el acabado o en los remates de la construcción. Su reparación carece de complejidad y no es excesivamente cara. Por ello, no suelen dar dolores de cabeza. El constructor suele hacerse cargo de todas las reparaciones. Su plazo de garantía es de un año.
  • Daños que ocasiones el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad: Los requisitos de habitabilidad son la higiene, salud y protección del medio ambiente; protección contra el ruido; ahorro de energía y aislamiento térmico; y otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio. Aquí entraríamos en la gama de la insonorización del cuarto del ascensor, de las filtraciones por defectos en la cubierta, de un mal aislamiento térmico, etc. Estos defectos son un poco más complicados de detectar y por ello la LOE fija para ellos una garantía de tres años. Por ejemplo, no puedes saber si hay filtraciones hasta que las lluvias lleguen a la comunidad.
  • Daños que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio: Son defectos relativos a la estabilidad y seguridad estructural del edificio. Son los que afectan a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales. Para este tipo de daños, la garantía es de diez años.

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¿Qué plazo tenemos para reclamar estos defectos? Una cosa son los plazos de garantía y otros los de reclamación. En este sentido, se trate del tipo de daño que se trate, los propietarios tienen dos años para reclamar al constructor. Este plazo comienza desde el instante en que aparece o se detecta el daño y permanece vigente aunque el plazo de garantía haya vencido. Esto quiere decir que si faltan por ejemplo dos meses para que finalice una garantía y se detecta un daño, el plazo para reclamar comienza a correr en ese momento.

En Afinmar, como experto administrador de fincas en Sevilla, trabajamos para ofrecer el más completo y eficaz servicio de gestión. Innovación, transparencia y atención se han convertido en las señas de identidad de nuestra organización en la que nuestro máximo objetivo es la satisfacción de nuestros clientes.