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Consejos para decorar tu casa

Hoy te informamos sobre algo diferente… Como administradores de fincas en Sevilla, estamos acostumbrados a ver alguna que otra vivienda. Apunta estos consejos de decoración para tu hogar.

Decorar la casa de acuerdo a tus gustos y crear un ambiente armonioso y elegante no tiene por qué ser complicado. De hecho, puede resultar una tarea divertida y sencilla. ¿Tienes pensado decorar tu casa o realizar algunos cambios? Desde nuestra empresa de administración de fincas en Sevilla te traemos algunas tendencias de decoración. Esperamos que te gusten estas ideas.

  • Colores. Últimamente, el gris es tendencia en muchos pisos. Concretamente, la combinación de gris y blanco suele quedar bastante elegante en cualquier espacio de la casa: habitaciones, salón, baño… Además de aportar armonía, esta combinación de colores ayudará a que tu casa tenga un aspecto más amplio y luminoso. Eso sí, si vives en un apartamento pequeño, los expertos confiesan que es mejor que uses un tono gris claro, para conseguir crear la sensación de que tu casa es más espaciosa. En cuanto a otra combinación de colores, si te atreves, puedes usar el rojo y negro, que llamará la atención y dará un aspecto moderno. Pero ten en cuenta que estos colores más intensos quedarán mejor en zonas más grandes y luminosas como el salón o el comedor. Para inducir al descanso y el confort, utiliza colores fríos.

  • Espejito, espejito… ¿Sabías que al usar espejos puedes conseguir que una habitación parezca más grande? Además, podrás añadir iluminación, algo de estilo y modernidad. Si pones un espejo en zonas estratégicas como al lado de una ventana, frente a ella, frente a una lámpara… podrás crear reflejos que ayudarán a que el lugar se vea más grande, ya que los espejos rebotan la luz natural o artificial. ¿Qué te parecen estas ideas? Somos administradores de fincas en Sevilla y, aunque nos guiamos por los expertos en diseño para darte estos consejos de decoración, puedes contar con nosotros para cualquier asunto sobre la administración de tu vivienda.
  • Renueva tus muebles. Para dar un cambio a la decoración de tu hogar no es necesario que inviertas y gastes dinero en nuevos muebles o accesorios, puedes renovar los que ya tienes en casa dándoles un toque más moderno y actual. Puedes pintarlos de otros colores, tapizarlos, arreglarlos si están algo deteriorados… Y si eres “manitas” puedes transformar tu antiguo mueble o cualquier objeto que te apetezca reutilizar.
  • Creatividad. Si tienes niños y quieres decorar o darle un nuevo toque a su habitación, es el momento de desarrollar aún más tu creatividad. Ahora es muy común que los padres se involucren y pinten murales en las habitaciones de los niños. En Internet encontrarás muchos trucos para realizar divertidos murales, donde reine la animación y el color. Otra buena idea es dejar una pared libre o pintarla con pintura de pizarrapara que tus hijos también pinten y desarrollen su imaginación.

  • Ventanas. Como decíamos, la iluminación juega un papel fundamental a la hora de decorar y crear un ambiente apacible. Por ello, si vas a hacer obras, apuesta por ventanales grandes que aporten luz y alegría a tu casa.

¿Te han servido estas ideas decorativas? No olvides que puedes contar con nuestros administradores de fincas en Sevilla, que te ayudarán a resolver cualquier asunto con tu vivienda y comunidad.

Las comunidades de vecinos también declaran la renta

Estamos en pleno periodo de declaración de la renta y los propietarios olvidan que algunas actividades de las comunidades de vecinos conllevan ciertas responsabilidades con Hacienda. Desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, os contamos qué debes tener en cuenta.

¿Ha recibido tu comunidad de vecinos una subvención para mejorar algún aspecto? Hay ciertas actividades que deben ser declaradas a Hacienda para que ninguna deuda quede sin saldar, aunque en muchas ocasiones los propietarios de viviendas no saben muy bien cuándo deben o no hacerla.

Es por ello que desde nuestra empresa de administradores de fincas en Sevilla vamos a aclarar algunas cuestiones para que no quede puntá sin hilo. El alquiler o venta de zonas comunes, así como las subvenciones recibidas pueden suponer la diferencia entre tener que realizar o no la declaración de IRPF y lo que es pero que nos toque pagar.

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 Los ingresos conllevan responsabilidades

Como diría el tío de Spiderman… los ingresos conllevan una gran responsabilidad. Bueno, puede que no fuera exactamente así pero si una comunidad consigue algún dinerito extra más allá de la cuota de los propietarios, hay que declararlo. ¿Qué actividades son esas?
  • Alquilar la portería
  • Colocar vallas publicitarias
  • Ceder a la instalación de antenas de telefonía móvil
  • Arrendar bajos comercionales
  • Recibir subvenciones
  • Si alquilamos un piso a turistas
En definitiva, todo lo que genera unos ingresos conlleva una retención en el impuesto de la renta, aunque estos ingresos no se repartan. Los ingresos que se reciben, por ejemplo, por los locales comerciales que pertenecen a la comunidad son rendimiento de capital inmobiliario y el administrador nos tiene que dar un certificado que hay que incluir en la declaración de la renta.
De esta forma indicamos que tributan como los rendimientos cualquier inmueble, aunque se pone en un apartado distinto de la declaración, concretamente en el régimen especial de atribución de rentas. La imputación de ingresos y gastos se realizará, para cada propietario, en función del coeficiente de participación, según establece la Ley de Propiedad Horizontal, el cual viene definido en las escrituras de la vivienda.
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Por ello, recomendamos siempre pedir el borrador de la declaración de la renta para consultar si tenemos o no la obligatoriedad de hacer la declaración, ya que cualquier tipo de ingreso o subvención en la comunidad de vecinos puede cambiar nuestra situación personal.

 

Y no nos despistemos, se tributa siempre se reparta o no cualquier ingreso de la comunidad, a pesar de que se gaste para mejorar el edificio. Además, la comunidad de vecinos está obligada de informar de esos rendimientos en el mes de enero del año siguiente al que lo percibes.

Desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, sabemos que este tipo de gestiones son complicadas para los vecinos de una comunidad, sobre todo, si no hay ningún especialista en este tipo de temas. De ahí la figura del administrador de fincas, para que ayude y solucione todo este tipo de dudas a los vecinos de forma solvente y sin engorros para ningún propietario.

Intrusos en las piscinas comunitarias

Hoy en AfinMar, empresa de administración de fincas en Sevilla, hablamos de un problema que se da cada verano en muchas piscinas comunitarias: los intrusos.

Las piscinas comunitarias conllevan ventajas y desventajas. En Sevilla, la ventaja es indudable, combatir las altas temperaturas que alcanzamos en verano. Sin embargo, también es una responsabilidad de los vecinos que deben tener muy claro cómo controlar su uso, mantenimiento y acceso.

Todos los vecinos tienen derechos y deberes respecto al uso y disfrute de la piscina, es por ello que deben velar por su correcto funcionamiento

En AfinMar, empresa de administración de fincas en Sevilla, hemos asesorado una gran cantidad de casos en los que los vecinos entran en conflicto por el acceso de personas ajenas a la comunidad a la piscina.

Lo primero que debemos tener claro es que la piscina es un derecho para todos los vecinos, sin prioridad de uno sobre otros, siempre y cuando abonen la correspondiente cuota de mantenimiento y respeten las normas de convivencia impuestas entre todos los propietarios.

¿Cómo se controla el acceso a la piscina?

Uno de los principales problemas que acarrea la piscina comunitaria es el acceso de personas ajenas a la comunidad de vecinos. Por regla general, cada vecino tiene un límite de invitados para dar acceso a la estancia. Sin embargo, no siempre hay en la piscina las personas que se estipulan e incluso nos hemos topado con caras extrañas. Éstos son los intrusos, personas que entran sin el consentimiento de los propietarios y disfruta de los servicios de las instalaciones.

Nos podemos encontrar con muchos tipos de intrusos:

  • Ex propietarios que ya no viven en el bloque pero que se quedaron con la llave de la piscina y hacen uso de la misma.
  • Dueños de plazas de garaje, no son propietarios de viviendas pero tienen acceso a zonas comunes y se cuelan en la piscina.
  • Alquileres turísticos, con el auge de este tipo de alquileres es más sencillo ver desconocidos en una piscina comunitaria.
  • Asaltos, hay personas (sobre todo jóvenes) que aprovechan las horas más tranquilas, incluso en horario nocturno, para colarse en las piscinas.

Esto es sólo un ejemplo de los tipos de intrusos que nos podemos encontrar en una piscina, el control de los mismos puede llegar a complicarse, sobre todo, si es una comunidad grande.

¿Cómo evitar a los intrusos?

Si la piscina cuenta con llave, lo ideal es cambiarla cada dos años aproximadamente. De esta forma, sólo los propietarios tendrán actualizado el acceso a la misma.

En cuanto al funcionamiento interno y las normas de uso, cada comunidad es la responsable de su propia normativa. El horario, los invitados mínimos y las normas de convivencia es algo que se debe establecer entre todos los propietarios.

Lo importante es saber actuar ante los intrusos, lo primero que debemos hacer es invitar de forma amistosa a abandonar las instalaciones, de no hacerlo, podemos llamar a la policía para explicar la situación.

En AfinMar, administración de fincas en Sevilla, somos especialistas en gestionar todo este tipo de normativas y explicar a nuestros vecinos la forma de actuar ante estos casos. Si necesitas un administrador de fincas, estás en el lugar adecuado.

Caso Pesesín, de vacaciones en el rellano

Hoy en Afinmar, administración de fincas en Sevilla, contamos el caso de Pesesín, una mascota que no pudo irse de vacaciones y que fue cuidada por toda la comunidad de vecinos.

Los establecimientos ‘pet friendly’ son cada vez más numerosos, sin embargo, los dueños que quieran viajar con sus mascotas aún se encuentran muy limitados al respecto. Esta circunstancia llevó al protagonista de nuestra historia a recurrir a la buena voluntad de sus vecinos.

Siempre solemos hablar de cómo resolver problemas con los vecinos pero, en este caso, aplaudimos muy fuerte a esta comunidad de propietarios que se volcó en los cuidados de ‘Pesesín’, la mascota de un vecino que pidió ayuda puesto que no podía llevarse a su pez de vacaciones.

“¡Hola vecinos! Me voy unos días de vacaciones y no me dejan llevar a ‘Pesesín’. Necesito vuestra ayuda para que le deis de comer, solo se le debe echar una vez al día. Dejo la comida y un cuadro para saber cuándo comió”.

La respuesta de sus vecinos fue magnífica, todos colaboraron en los cuidados de Pesesín, incluso fueron más allá anotando las acciones extra que le habían dedicado a la mascota de la comunidad.

 

Las normas de  convivencia para mascotas

En este caso, Pesesín se ganó la simpatía de los vecinos, sin embargo, un pez no es lo mismo que otro tipo de animal. Cuando la mascota es un perro o un gato, la circunstancia puede cambiar puesto que no a todas las personas les gusta este tipo de animales con los que el contacto es más directo.

Es por ello que, como especialistas en administración de fincas en Sevilla, recordamos que las normas de convivencia de las comunidades de vecinos respecto hacia las mascotas las pueden establecer los propios vecinos. Teniendo en cuenta que, como mínimo, en las zonas comunes no deben molestar, tampoco ir sueltos y, por supuesto, debe contar con su cartilla de vacunación al día.

Como es obvio, los excrementos del animal siempre deben ser recogidos con una bolsita por el dueño y evitar que haga sus necesidades en mobiliario común. También es  muy importante, cuidar las normas de convivencia en temas e ruido. En caso de tener que dejarlo solo debemos tener claro que no debemos dejarlas en la terraza durante un espacio prolongado de tiempo y, por la noche, siempre deben estar en el interior de la vivienda para evitar que hagan ruidos molestos para los vecinos.

Si la mascota emite ruidos persistentes durante horas nocturnas, los vecinos podrían denunciar el ruido. De otro lado, los animales exóticos o salvajes pueden ser mascotas si están permitidos en la comunidad y son legales.

En Afinmar, especialistas en administración de fincas en Sevilla, nos congratula que haya más comunidades como la de Pesesín en el que todos los vecinos se ayudan unos a otros en perfecta armonía.

El acoso vecinal o blocking es delito

Hoy en AfinMar, administración de fincas en Sevilla, visibilizamos un problema que algunas comunidades de vecinos sufren: el blocking, cuando la convivencia se hace insostenible.

Hay comunidades de vecinos que cuentan con los típicos vecinos ‘quejicas’ que en alguna ocasión puede sacar de quicio al resto de los propietarios o arrendatarios del edificio. No hay que confundir la figura de este tipo de vecinos molestos con aquel que ejerce un acoso directo hacia una unidad familiar o una persona.

No debemos confundir el acoso con los problemas vecinales dentro de una comunidad de vecinos

¿Qué consideramos acoso? La definición literal de acoso es “perseguir, sin dar tregua ni reposo a una persona o animal”. Este tipo de prácticas aparecen en el código penal español y puede estar penado con cárcel.

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¿Qué es el blocking?

El acoso vecinal es cuando una persona es víctima de alguien que le persigue o perturba de forma constante y habitual. El problema que nos encontramos en España es que todavía no existe una cultura de denunciar este tipo de acoso, ya que se considera un tipo de delito nuevo, el cual entró en vigor en la reforma del Código Penal del 1 de julio de 2015. El conflicto estaría incluido en el Art. 172 del Código Penal.

Lo que hay que tener claro es que el acoso vecinal es un delito que está sancionado con cárcel de tres meses a dos años o una multa de seis euros al día que puede ir de seis a 24 meses.

¿Cómo sé que estoy sufriendo acoso vecinal?

En ocasiones, no nos damos cuenta que estamos siendo víctima de blocking y apelamos al ‘vecino molesto’. Sin embargo, desde nuestra de empresa de administración de fincas, queremos aclaras la forma de proceder de un acosador.

Por regla general, el modus operandi suele ser el mismo. Cualquier disputa o choques propios de la convivencia pueden ser el motivo del origen, aunque no tiene por qué existir una razón argumentada. La finalidad de sus acciones siempre es la misma: hacer que el propietario abandone su vivienda.

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Es importante saber diferenciar entre actividades molestas y acoso vecinal. Como hemos dicho, el acoso que recoge el Código Penal son actuaciones insistentes y reiteradas que alteren “gravemente” el desarrollo de la vida cotidiana de la víctima. El perfil de un acosador es el de un psicópata socializado que carece de empatía.

Ansiedad, depresión o irritabilidad son algunos de los síntomas que puede padecer la víctima del acoso

Los síntomas de una persona que está sufriendo acoso suelen ser desajustes de sueño, depresión, cuadros de ansiedad, alteraciones en el estado de ánimo, irritabilidad o fobias. Nos crean este tipo de patologías con el objetivo que abandonemos nuestra propiedad. Es importante tener pruebas del acoso a la hora de denunciar a la policía, ya que cuantas más pruebas se acumulen, antes podrá cesar el acoso por parte del acosador.

Desde AfinMar, administración de fincas en Sevilla, mostramos nuestra repulsa a este tipo de conductas e incidimos en la importancia de denunciar el blocking.