¿Qué probabilidad tiene tu comunidad de sufrir un incendio?
En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, conocemos cuáles son todas las obligaciones que tiene una comunidad de vecinos en la protección contra incendios. De no cumplirlas, podemos estar favoreciendo a que el fuego se propague con gran facilidad por nuestra propiedad.
Todas las comunidades de vecinos cuentan con unos derechos y con unos deberes de cara a sus vecinos y a la legislación vigente. Siempre se persigue que un bloque de pisos o una intercomunidad sea accesible, esté bien mantenida y que se mantenga segura ante cualquier peligro ya sean robos, incendios o accidentes.
Es por ello que existen obligaciones en las comunidades de vecinos para la protección contra incendios, ya que los riesgos de sufrir un accidente de este tipo en un edificio comunitario es mayor que en cualquier vivienda unifamiliar. Concretamente, el 69% de víctimas en incendios se producen en edificios colectivos y el 25% en edificios unifamiliares.
Una colilla mal apagada, un cortocircuito, una estufa… cualquier motivo puede ser el detonante que origine el fuego y desde Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, vamos a explicar cuáles son las obligaciones de cualquier comunidad de vecinos para prevenir una desgracia.
Normativa de protección contra incendios
Por lo fácil que es precisamente desencadenar una tragedia, la normativa vigente es muy estricta a la hora de exigir a las viviendas una dotación mínima de instalaciones de protección contra incendios que preserven, en primer lugar, las vidas de las personas y, en segundo lugar, reduzcan los daños provocados por el fuego y el humo en las viviendas.
Bien es cierto que los sistemas de protección contra incendio son útiles y se instalan con la intención de no usarlos nunca, pero a la hora de la verdad es indispensable contar con ellos, pero también deben estar correctamente instalados y mantenidos, ya que en caso contrario, no sólo resultan inútiles como medio para protegerse del fuego, sino que crean una sensación de falsa seguridad.
Por todo ello, las comunidades de propietarios están obligadas por ley a disponer de Instalaciones de Protección Contra Incendios (realizadas por empresas instaladoras autorizadas ante la Dirección General de Industria) y a suscribir el correspondiente contrato de mantenimiento de las mismas con empresas mantenedoras autorizadas.
El Código Técnico de Edificación (CTE) establece, según Real Decreto, que los edificios construidos en España a partir de 2006 están obligados a disponer de sistemas de seguridad contra incendios.
Si la construcción es anterior a esta fecha, la Ley actual no obliga a instalar sistemas de protección contra incendios, aunque es recomendable su instalación por razones evidentes ya que cuanto mayor es la antigüedad del edificio, mayor es el riesgo de sufrir incendios por deterioro de las instalaciones. El objetivo es evitar consecuencias negativas que afecten a la integridad de los vecinos y del edificio.
Extintores para comunidades de vecinos
Este tipo de sistema de seguridad contra incendios es una de las medidas necesarias indispensables para la protección de los vecinos. Es obligatorio disponer de uno para cada planta del edificio y resulta imprescindible, además de ser obligatorio, si son de muchas plantas, porque así su utilización será más rápida. En caso de que la comunidad cuente con inquilinos con algún tipo de discapacidad, el sistema de seguridad debe estar colocado a una altura que permita su rápida utilización.
En Afinmar, administradores de fincas en Sevilla, gestionamos todo lo necesario para que tu comunidad se encuentre segura. Contacta con nosotros.
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