¿Quién responde ante las caídas de objetos por las terrazas-ventanas? 🏢
Es un debate interesante que en muchos de los casos, como administradores de fincas en Sevilla tenemos que solucionar ante posibles mediaciones previas a problemáticas. ¿Si a algún vecino se le cae un objeto que hiere a alguien a la calle, quién se hace responsable de ese daño?
Hoy abordamos este problema que aunque parezca poco común, ocurre más veces de las que creemos en comunidades de vecinos de toda España, nosotros, como administradores de fincas en Sevilla con años de experiencia en el sector estamos siempre pendientes de este tipo de casos para abordarlos desde la raíz. En gran parte de los casos estos vecinos con ‘objetos potencialmente peligrosos’ colocados en lugares de riesgo suelen estar avisados previamente por parte de la comunidad, ya que el riesgo de accidente suele ser real.
El miedo de la comunidad de vecinos a las represalias del afectado hace muchas veces que surjan discusiones y problemáticas vecinales que se deben solucionar cuanto antes para no enquistar los conflictos.
Como administradores de fincas en Sevilla nos hemos encontrado casos reales de grupos de vecinos que acuden ante nosotros tras haber hablado con el vecino ‘polémico’ por miedo a que tenga una maceta, objeto o elemento en su ventana o terraza que puede caerse y provocar un accidente. Este vecino toma la decisión de negarse a cambiar ese elemento de lugar o retirarlo y surge un conflicto vecinal.
En el caso de que sucediese esa caída pronosticada por la comunidad de vecinos, la responsabilidad ante un posible herido es un tema importante, además, también es importante saber si se puede tomar una medida previa para conseguir eliminar los elementos con posibilidad de caída y peligrosos colocados en interiores de viviendas que den a la calle.
Nuestro consejo como administradores de fincas en Sevilla siempre será reflejar este tipo de posibilidades en una regulación de la comunidad interna, ya que así se ahorran conflictos sobre temáticas de esta índole.
El responsable, en el caso de que no haya acuerdo vecinal previo ante un caso de accidente por caída de objeto desde la fachada, será el vecino que haga uso de esos elementos si lo analizamos desde las reglas generales de responsabilidad civil. Si existiese ese acuerdo vecinal previo, la retirada de los elementos peligrosos podría llevarse a cabo, pero solo en el caso de que exista esta regulación. Por otra parte, también puede tomar partido la normativa urbanística del Ayuntamiento, la cual prevalece ante cualquier otra si es por cuestión de estética del edificio o del patrimonio de la ciudad.
Si el acuerdo de la junta de propietarios se incumple, se podría abrir un proceso judicial por parte de la comunidad contra el vecino en cuestión. Aun así, como administradores de fincas en Sevilla nunca queremos llegar a este tipo de conflictos y nuestra extensa experiencia en la mediación vecinal nos hace llegar a acuerdos comunitarios de manera sencilla y beneficiosa para todas las partes.
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