Aprende a usar la piscina comunitaria 🏊 ¡Bienvenido verano! ☀

Desde nuestro grupo de administradores de fincas en Sevilla damos la bienvenida al verano como todos los sevillanos, y cómo no, a una de las estrellas de la comunidad en estas fechas, la piscina comunitaria, pero aquí estamos para recordar que no todo vale, y hoy puedes aprender mucho aquí.

Una de las obligaciones de nuestro grupo de administradores de fincas en Sevilla es el de asegurarnos que todo transcurre con normalidad en la comunidad, y el verano en las comunidades con piscina necesita un mayor esfuerzo, ya que lo que en un principio puede ser un privilegio puede culminar en pesadilla.

administradores de fincas en Sevilla

NORMATIVA DE LA PISCINA

Si de verdad creías que la piscina de tu comunidad iba a ser terreno sin reglas ibas muy equivocado 😉 Las distintas comunidades autónomas han establecido unas leyes para cumplir sobre las piscinas comunitarias. La normativa depende de la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Sanitarias, Técnicas y de Seguridad de las Piscinas, y este reglamento es de carácter autonómico. Por tanto la profundización en distintos puntos depende de la visión de cada autonomía.

Normas generales según tu comunidad autónoma

En comunidades como Baleares, Castilla y León, Murcia y Cataluña las piscinas ubicadas dentro de una comunidad son de uso privado estricto y por tanto no tendrían que regirse más que por las propias normas que acuerde la propia comunidad de propietarios además de las establecidas en la Ley de Propiedad Horizontal.

Sin embargo, en otras comunidades esta normativa se aplica según la cantidad de vibiendas que acumule la comunidad de vecinos, así, en autonomías como Cantabria, Navarra, Andalucía, Galicia y Euskadi las piscinas pasan a sumarse a la norma si en su vecindario existen más de 20 viviendas, o 30 en el caso de Madrid. La Comunidad Valenciana suma hasta 100 propietarios el número de vecinos necesarios para adherirse a esta regulación.

Normas comunes

Ya hemos comentado que según que comunidad pueden sumarse o no a las reglas de una forma u otra, aun así existe un canon que se debe cumplir en todas las comunidades de España en el reglamento de las piscinas comunitarias, atento:

  • La piscina de una comunidad de vecinos nunca debe medir más de 3 metros, en las infantiles no debe superar los 60 cm.
  • Es obligatorio que el material que rodee el borde de la piscina sea antideslizante y tenga un metro de ancho.
  • Las duchas no son un elemento decorativo, existe una obligación de instalarlas, y una obligación moral de ducharse antes del baño, no seas “guarro”.
  • Las piscinas comunitarias regidas por nuestro grupo de administradores de fincas en Sevilla cumplen con la normativa de un control diario para mantener unas condiciones de limpieza e higiene óptimas para su disfrute.
  • Debe existir un horario de apertura y cierre preestipulado, en esas horas existirá la figura del socorrista, que también es obligatorio en piscinas comunitarias.
  • Desde nuestro grupo de administradores de fincas en Sevilla recomendamos encarecidamente contar con un seguro de responsabilidad civil en la comunidad con el que se cubran los daños a terceros que puedan ocurrir en cualquier desgracia dentro de la zona de piscina.

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El famoso “cartelito”

En nuestro grupo de administradores de fincas en Sevilla pensamos en general, y por ello, para ahorrar el trabajo de elaboración a nuestros vecinos, elaboramos ese famoso cartel que reza en las entradas de las piscinas comunitarias en las que se exponen las reglas internas de uso de las mismas. ¡Descárgalo aquí y no dudes en colocarlo en tu piscina! ¡De nada! 😉

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