Queridos vecinos: no puedo ser presidente☝️
Ser presidente/a de nuestra comunidad de vecinos significa tomar decisiones y realizar tareas no remuneradas. Por ello, muchos vecinos quieren huir del cargo, pero ¿es esto posible? Hoy como Administradores de Fincas en Sevilla os contamos qué dice la ley al respecto.
Intermediar en disputas vecinales, gestionar diferentes problemas, y, en definitiva, cargarnos con una responsabilidad más son las labores de este cargo. El trabajo del presidente de la comunidad no es sencilla, y por ello es de vital importancia dentro de los edificios. El artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) determina que “el presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo”.
Puede ocurrir, aunque es muy poco frecuente, que uno de los vecinos se ofrezca para ser presidente de por vida si los demás están de acuerdo. Pero si en tu comunidad no ocurre esto el cargo irá rotando entre los vecinos y en algún momento deberás asumirlo. Pero ¿qué ocurre si nos negamos?
La LPH establece que “el nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello”. En principio todo nos hace suponer que no hay razones que justifiquen la no posesión del cargo, ya que ni siquiera se establece un límite de edad, sin embargo existe la posibilidad de realizar un acuerdo genérico en el que se recojan algunos eximentes para ser presidente. Establecer un límite de edad o no hacer uso de la vivienda diariamente pueden ser dos buenos ejemplos de ello.
Como dicho cargo es personal y solo puede transferirse a otro vecino de la comunidad es importante tener en cuenta todas las circunstancias de la persona a la hora de hacer el nombramiento. Si la persona no quiere obtener el cargo puede exponer sus argumentos en el momento de la designación. Si no existe una razón de peso -edad o enfermedad- es muy posible que los vecinos no lo acepten. En ese caso podría recurrir a un auxilio judicial y sería el juez quién determinase si la persona asume esta responsabilidad o no.
LA FIGURA DEL ADMINISTRADOR DE FINCAS
La figura del administrador de fincas puede ayudarnos a ejercer nuestras funciones como presidente. Contar con su ayuda y delegar en él nos hará este camino más ameno y sencillo. El administrador será el encargado de velar por el correcto funcionamiento de la comunidad, además de ser el encargado de gestionar las situaciones de impago.
En Afinmar, contamos con los mejores profesionales. Nuestra amplia experiencia como administradores de fincas en Sevilla nos permite de resolver los problemas de una menra efectiva y rápida.
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